
Fallas 2025
Las carpas falleras no tendrán registradores del sonido emitido
La medida no será extensible a las verbenas al aire libre y se aprobará en el pleno del próximo martes

El Ayuntamiento de Valencia aprobará definitivamente el próximo martes la modificación de la Ordenanza Municipal de Protección contra la Contaminación Acústica, concretamente en su artículo 42, para permitir que, durante la semana fallera, las carpas de las comisiones puedan celebrar verbenas en su interior sin contar con el registrador sonoro. Es decir, un aparato, similar al tacógrafo de los camiones pero que en lugar de registrar la velocidad a cada instante, registra el ruido emitido por los equipos de sonido y ambientación musical.
La modificación de la ordenanza hará imposible saber si en algún momento, las verbenas han excedido el máximo de decibelios permitidos que es de 85, en el interior de la carpa.
La modificación de la ordenanza no implica que la exención del registrador se haga extensible a las verbenas al aire libre donde se deberá mantener su uso.
Esta modificación no ha sido del agrado de los falleros que, a través de la Interagrupación de Fallas habían pedido que también se eliminara el registro en las verbenas al aire libre y habían criticado que la disparidad de criterios haría que las comisiones celebraran más actos en el interior de las carpas, lo que limita la participacion ciudadana.
En un sentido similar se manifiesta el presidente de Junta Central Fallera durante el mandato anterior, el edil de Compromís, Pere Fuset, quien considera también que la disparidad de criterios hará cada vez más necesaria las carpas en el ámbito fallero, algo que Compromís no ve con buenos ojos. Compromís fue junto a sus socios de Gobierno del PSPV, los que aprobaron la normativa sobre Contaminación Acústica que ahora el PP modifica.
Fuset ha explicado que su grupo abogaba porque el Ayuntamiento considerara exentas de la obligatoriedad de disponer de registrador - manteniendo el requerimiento de disponer de limitador sonoro - las actividades organizadas por entidades sin ánimo de lucro debidamente registradas (asociaciones vecinales, comisiones falleras, entidades festivas...) que realicen actividades culturales y cívicas o bien, actos con sonoridad en el dominio público que no requieran la contratación e instalación de equipos de audio por parte de empresas de espectáculos.
Sin embargo, la medida propuesta por el actual equipo de gobierno «no supone una mejora respecto a garantizar el derecho al descanso del vecindario ni la lucha contra la contaminación acústica», asegura Fuset quien explicó que «de nada sirve tener o no registro de sonido si el Ayuntamiento no ejerce ningún control sobre el mismo», y recordó que durante las Fallas pasadas y ante el enfado fallero por no haber cumplido la promesa de retirar los registros, lo que se hizo es dar instrucciones a la Policía para que hicieran «la vista gorda».
Por ello, y ante la imposibilidad de controlar todas las verbenas y fiestas que se celebran en las carpas durante la semana fallera, ya que no hay efectivos policiales suficientes, desde Compromís se propone que se presenten los registros durante los tres meses siguientes a las fallas para pder comprobar que no se ha excedido de la limitación fijada.
La aprobación de la modificación de la Ordenanza supone además, el rechazo de las alegaciones presentadas por la Interagrupación de fallas de Valencia, la Federación de Hostelería de la Comunidad Valenciana y la Asociación Empresarial de Ocio Valencia Nightlife que hacían alusión a la diferenciación de los distintos tipos de eventos musicales que se pueden realizar en la vía pública y que no producen el mismo estruendo, poniendo el ejemplo de concierto de viento o de cuerda, frente a las verbenas.
✕
Accede a tu cuenta para comentar