
DANA
La Fiscalía admite que se abra una investigación sobre la gestión de Mazón de la dana
La Generalitat asegura que ni se señala ni atribuye ninguna conducta concreta contra el presidente

La Fiscalía ha informado a favor de que se investigue si la labor durante la dana de dirigentes de la Generalitat valenciana, entre ellos Carlos Mazón, merece un reproche penal. El TSJ trasladó el pasado viernes las siete querellas que hasta este momento han llegado al órgano judicial. Todas ellas incluyen al presidente de la Generalitat, que es aforado.
Ahora será el Pleno del TSJ el que decida si se abre una causa penal por estos hechos. La presidenta Pilar de la Oliva acordó que la decisión se debatiera en Pleno, es decir, participará ella y otros cuatro magistrados de la Sala de lo Civil y Penal.
La Fiscalía recomienda que la instrucción la realice un juzgado instructor y que luego sea la Sala de Exposición Razonada la que decida si considera necesario elevar la causa al TSJ habida cuenta del aforamiento del presidente Mazón.
Las querellas presentadas hasta la fecha son siete, según informó en su momento el TSJ. La primera fue la de la organización Iustitia Europa. A este primer escrito se le sumaron más denuncias de otras organizaciones y abogados a título particular. Otra de las más destacadas es la del sindicato CGT que interpuso una querella contra Mazón por un delito contra los trabajadores.
Por otra parte, la Asociación de afectados por dana-Horta Sud, compuesta ya por 215 víctimas de la catástrofe, ha anunciado también que estudia qué tipo de medidas judiciales adoptar contra la Generalitat valenciana, el Gobierno central y los ayuntamientos.
La Fiscalía señala que según consta en sus archivos "por hechos similares a los que son objeto de la presente causa, se siguen las Diligencias Previas nº2192/2024 en el Juzgado de Instrucción nº20 de Valencia, y en el Juzgado de Instrucción nº15 de Valencia, se tramitan las Diligencias Previas nº2287/2024.
Considera la Fiscalía que el Tribunal Superior deberá discernir si la causa debe seguir en esa instancia o si al ser todavía una fase muy inicial ha de omitirse el aforamiento del presidente Mazón y proseguir la instrucción en la justicia ordinaria. En cualquier caso destaca que todos los denunciantes "atribuyen tanto al presidente de la Generalitat como a la ex consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas y al resto de denunciados y/o querellados hechos similares, con independencia de su plasmación literaria en las distintas querellas o denuncias, afirmando, en síntesis, en todas ellas que los denunciados, con desatención de sus deberes como máximas autoridades autonómicas valencianas, y ajenos a los escenarios de alertas y mensajes que se estaban emitiendo por distintos Organismos, omitieron el dictado de resoluciones y de decisiones que eran de su competencia, y de ese modo no evitaron o, cuanto menos, no redujeron, la entidad de la catástrofe acaecida".
Además, alguno de los denunciantes incide en que los denunciados sabían de las ocho de la mañana el riesgo real de inundación que había ese día.
Pide la Fiscalía que la instrucción sea conjunta porque "cuando los querellantes y denunciantes entienden que los denunciados han cometido los delitos de homicidio y lesiones imprudentes, contra los derechos de los trabajadores, prevaricación, daños imprudentes y omisión del deber de socorro, los hechos de los que trae causa la diferente calificación jurídica de cada denunciante son muy similares, similitud que debe provocar su instrucción conjunta".
Además, incide en que los querellantes y denunciantes atribuyen a los querellados la comisión de los delitos de prevaricación, de lesiones y homicidios imprudentes, omisión del deber de socorro, daños imprudentes y contra los derechos de los trabajadores, como consecuencia de la no adopción de algunas decisiones que, a su parecer, hubiesen evitado o mitigado el fatal resultado por el número de fallecidos. "Por tanto, resulta preciso que el procedimiento se inicie para el esclarecimiento completo de los hechos con relevancia penal y la averiguación de los partícipes".
Pero recuerda que “cuando se imputan acciones criminales a diversas personas y solo una de ellas es aforado, procede iniciar la investigación por aquellos que no gozan de fuero o privilegio”. Y por ello concluyen que "continúen la investigación los Juzgados de Instrucción y, llegado el caso, si estiman que concurren indicios suficientes en contra de la persona aforada, eleven Exposición Razonada a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana".
"Ninguna conducta concreta"
Desde fuentes de la Generalitat valenciana han destacado que la Fiscalía no señala ni atribuye ninguna conducta concreta contra el presidente Carlos Mazón. Argumentan que "la prueba es que la causa la instruye un juzgado ordinario y no el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSCV)" y añaden que "la Fiscalía se pronuncia en un momento en el que precisamente el PSOE está siendo señalado en los juzgados".
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