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El constitucionalismo español, sin tópicos

El constitucionalismo español, sin tópicos
El constitucionalismo español, sin tópicoslarazon

La cantinela de la «singularidad española en la Europa contemporánea» es un tópico alimentado por el regeneracionismo, la izquierda y el franquismo. Esto obliga muchas veces a hacer un exordio, incluso en clases universitarias, sobre la equiparación de la historia de España con la del resto de Europa antes de contar aciertos o errores de la vida política, económica o constitucional de nuestro país. No procede sólo del desconocimiento de la historia europea y de las interpretaciones partidistas de los acontecimientos españoles, sino del sentimiento trágico y acomplejado que nos caracteriza.

La historia del constitucionalismo español ha estado, como otras disciplinas, anclada a tópicos, decía, como la excepcionalidad en Europa, la inferioridad respecto a modelos ideales como el británico o el francés –que no lo son tanto–, la «inexistencia» de revolución burguesa, o el «péndulo» constitucional. En consecuencia, siempre se agradecen nuevas interpretaciones con calado académico que enriquezcan el debate. Los responsables de lectura oportuna son Francisco Marhuenda, profesor de Historia del Derecho y de las Instituciones Públicas en la Universidad Rey Juan Carlos, y Tomás Zamora, que fue profesor de Derecho Constitucional que dan una perspectiva diferente en su reciente libro «Historia político-constitucional de España».

w Coordenadas comunes

El nuevo enfoque que aportan los autores desbarata la idea de la excepcionalidad española y de su discontinuidad constitucional. Y lo hacen entretejiendo la historia política con el análisis jurídico y los planteamientos culturales del momento. De esta manera, sitúan el constitucionalismo español, desde 1812, en las coordenadas europeas, concluyendo que la estructura social a la que respondieron nuestras constituciones era equiparable a la del resto de Europa; que el paso del Antiguo al Nuevo Régimen –el constitucional– fue el resultado de un pacto entre lo viejo y lo emergente; y que la burguesía fue poliédrica, no un sujeto colectivo monocorde, como lo demuestran sus partidos políticos y constituciones.

A partir de ahí, Marhuenda y Zamora señalan la relevante continuidad entre la Constitución de 1837, nacida del consenso entre progresistas y moderados, y los textos de 1845, 1856, 1869 y 1876. No dudan a la hora de señalar los errores constitucionales, tanto institucionales como políticos, especialmente el exclusivismo de los autores de las constituciones, y los aciertos, casi siempre ligados a la conciliación. Es aquí donde los autores afirman la trascendencia de la Constitución de 1978, basada en la “cultura cívica del consenso”, clave de su longevidad y enseñanza para el futuro.