"Caso Negreira"

Bartomeu niega el cohecho por el "asesoramiento" al Barça "de un árbitro jubilado"

Su defensa sostiene que el juez solo pretende "salvar la supervivencia" de la causa y niega que se pueda considerar funcionario a Negreira

FC Barcelona's president Josep Maria Bartomeu attends a press conference at the Camp Nou stadium in Barcelona, Spain.
El expresidente del FC Barcelona, Josep Maria BartomeuManu FernandezAgencia AP

Josep Maria Bartomeu ha recurrido la decisión de imputar a todos los investigados en el "caso Negreira", incluido el FC Barcelona, un delito de cohecho, además del de corrupción en los deportes que ya investigaba. Su defensa ha recurrido en apelación esa resolución y rebate la conclusión del magistrado Joaquín Aguirre de considerar funcionario al exvicepresidente de los árbitros, lo que abre la puerta a la imputación por cohecho por el pago de siete millones y medio por parte del Barça a José María Enríquez Negreira durante casi veinte años.

En ese recurso, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, la defensa del expresidente azulgrana atribuye ese "cambio de orientación" del instructor al "nulo resultado de la investigación", que según destaca no ha podido demostrar "que algún árbitro fue influenciado" por Negreira "siguiendo un plan urdido por él mismo y el FC Barcelona". De hecho, afirma que ese intento de "salvar la supervivencia de la causa" solo se sostiene sobre la base de que Enríquez Negreira era un funcionario público que recibía dinero de un particular, una hipótesis -subraya- "sin más prueba que la que ambas partes han reconocido: asesoramiento que prestaba un árbitro jubilado".

En ese escrito, el abogado de Bartomeu, José María Fuster-Fabra, hace hincapié en que la RFEF "es una entidad privada que no forma parte del sector público", por lo que "no sería aplicable el delito de cohecho" ni a la Federación ni al Comité Técnico de Árbitros (CTA) "por ser entidades de derecho privado".

Si Negreira era funcionario público aunque no percibiese remuneración alguna por su cargo en el CTA, argumenta, "con más motivo lo habría sido" el expresidente de la RFEF Luis Rubiales, a quien a raíz de su imputación por agresión sexual y coacciones por el polémico beso a Jenni Hermoso -recuerda- "ni la Administración ni el Consejo Superior de Deportes ni el Ministerio de Deportes" pudieron cesarlo. "Tuvo que ser la UEFA y la FIFA quienes provocasen ese cese", añade.

"Su influencia era inexistente"

"No hay ni puede haber objeto del proceso -insiste- pues la realidad de una relación contractual entre el FC Barcelona y las empresas de Enríquez Negreira es lo único que subsiste desde el primer momento", algo que según destaca "carece de significación para el derecho penal". Negreira, señala, "carecía totalmente de poder para realizar ninguno de los actos que se le atribuían", por lo que "su influencia en la designación de árbitros o cualquiera otra era inexistencia".

"La evidencia de la inviabilidad de continuar por el camino de la corrupción de árbitros y de influir en resultados deportivos podría bastar para cerrar este proceso -defiende-. No obstante, se ha optado por buscar una tipificación alternativa, el cohecho", dejando fuera así "del campo de atención a los árbitros y a los partidos de fútbol".

El abogado de Bartomeu replica al juez Aguirre que "no hay un solo dato objetivo" que acredite que los pagos del Barça a Negreira acarreasen "una desigualdad en el trato" arbitral en la competición en beneficio del club azulgrana, negando por tanto la "corrupción sistémica" que advierte el magistrado.

Lo único que se ha probado, reitera, es que Enríquez Negreira "fue contratado para asesorar y valorar los encuentros de fútbol en que participaba el FC Barcelona". Que se le pagara para influir en los árbitros, señala, solo se enmarca en una "nebulosa de opiniones libres y carentes de base".

Si pese a todo el juez mantiene como válida la imputación de cohecho, concluye, "cuando un jugador agrede a un árbitro deberíamos considerarlo como una agresión a un funcionario público", algo que según considera "carece de sentido".