Día de la Discapacidad

¿Qué requisitos hay que cumplir para cobrar la pensión no contributiva de invalidez?

No todas las personas con discapacidad tienen derecho a percibir estas prestaciones, gestionadas por la comunidades autónomas y el IMSERSO

186.673 personas cobraron la pensión no contributiva de invalidez el pasado mes de octubre
186.673 personas cobraron la pensión no contributiva de invalidez el pasado mes de octubreServicio Ilustrado (Autom�tico)@TMB_BARCELONA

El 3 de diciembre se celebra el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, una jornada para promover sus derechos e inclusión en la sociedad y para concienciar sobre su situación social, económica y cultural. Las personas con discapacidad tienen derecho a una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios aunque no hayan cotizado lo suficiente. No obstante, deben cumplir una serie de requisitos para cobrar la pensión no contributiva de invalidez.

Actualmente, 186.673 personas cobran esta ayuda económica, según últimos datos del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), correspondientes al mes de octubre. Las pensiones no contributivas son competencia de cada comunidad autónoma y del IMSERSO en Ceuta y Melilla. Pero, ¿cuánto se cobra por la pensión de invalidez y qué requisitos hay que cumplir para tener derecho a ella?

Requisitos

Pueden ser beneficiarios de la pensión no contributiva de invalidez los ciudadanos con residencia legal en España que, con carácter general, carezcan de ingresos suficientes. La normativa especifica que existe esa carencia cuando las rentas o ingresos sean inferiores a los 5.538,40 euros anuales. En el caso de convivir con otros familiares, no se deben superar las siguientes cuantías:

Convive con abuelos, hermanos, nietos o cuñados
Número de convivientesEuros al año
29.415.28
313.292,16
417.169,04
Convive con padres o hijos
Número de convivientesEuros al año
223.538,20
333.230,40
442.922,60

Además, los requisitos específicos de las pensiones no contributivas de invalidez son:

- Edad: Tener entre 18 y 65 años. A partir de los 65 años se cobraría la pensión no contributiva de jubilación.

- Residencia: vivir en España en el momento de percibir la pensión y haberlo hecho durante, al menos, cinco años. Dos de ellos tienen que ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

- Discapacidad: no todas las personas con discapacidad pueden acceder a esta prestación. Para tener derecho a la pensión no contributiva de invalidez hay que acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

Cuantía

El importe medio de las pensiones no contibutivas de invalidez en octubre fue de 430,15 euros. Para 2020, la cuantía de las prestaciones, tanto para las de invalidez como para las de jubilación, está fijada en 5.538,40 euros anuales, y se abonan en 14 pagas (12 mensualidades más dos extras). La cuantía para cada pensionista se calcula a partir de este importe y en función del número de beneficiarios que vivian en el mismo domicilio, su renta personal o la de la unidad económica de convivencia. Sin embargo, nunca puede cobrar menos del 25% del importe íntegro. En la pensión no contributiva de invalidez, la cuantía aumenta en un 50% cuando el beneficiario necesite el concurso de una tercera persona.

Incompatibilidades

La pensión no contributiva de invalidez es incompatible con la pensión no contributiva de jubilación, con las asistenciales y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos. Tampoco se puede cobrar a la vez que la asignación familiar por hijo a cargo con discapacidad.

¿Es compatible con el trabajo?

La pensión no contributiva de invalidez no impide la realización de actividades laborales compatibles con la discapacidad del beneficiario. Ambos ingresos se pueden percibir a la vez durante los cuatro primeros años de actividad, siempre y cuando la suma de los importes no supere los 11.992,43 euros anuales. Si los supera, la cuantía de la pensión se reducirá para no sobrepasar dicha cantidad.