Cotización

Autónomos: cómo consultar sus cuotas mensuales pasadas y futuras a la Seguridad Social

El nuevo Servicio de Consulta de recibos emitidos para el RETA permite acceder a las cuotas emitidas desde julio de 2018 y a la del presente mes antes de que se la carguen en su cuenta bancaria

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Los autónomos incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA) ya pueden consultar la cuota mensual que se les cagará a su cuenta bancaria antes de que suceda. Este nuevo “Servicio de Consulta de recibos emitidos para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)” de la Seguridad Social entró en funcionamiento a finales del enero de 2021 y también permite informarse de todas las cuotas ya emitidas desde julio de 2018 hasta el mes anterior a la consulta.

¿A qué información podrá acceder?

Los trabajadores incluidos en este Régimen podrán consultar la cuota correspondiente a dicho mes que se le cargará en su cuenta bancaria el último día hábil del mes y la cuota, en su caso, correspondiente a las eventuales liquidaciones complementarias que se cargarán en su cuenta bancaria en ese mes.

¿Cuándo se puede consultar?

Desde el día 26 de cada mes podrá consultar la cuota que se le cargará en su cuenta bancaria el último día hábil de ese mes.

¿Cómo usarlo?

Se puede acceder desde la la Sede Electrónica de la Seguridad Social, clicando en “Ciudadanos” y “Cotización”. También se puede acceder directamente pinchando en este enlace.

Datos extra

Podrá comprobar en cualquier momento las cuotas ya emitidas por la TGSS para su cargo en la correspondiente cuenta bancaria desde julio de 2018, fecha en la cual se implantó en la entidad el procedimiento de emisión de adeudos conforme a los requisitos establecidos por la normativa SEPA, hasta el mes anterior a la consulta.

¿Sirve para saber si las cuotas han sido pagadas?

No. Esta información sobre cuotas emitidas no certifica que dichas cuotas hayan sido efectivamente pagadas por el trabajador, por lo que no sirve para acreditar que se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social. Además, la Seguridad Social advierte de que la información consultada a través de este servicio no podrá usarse como documento para pagar las cuotas, ya que el abono solo puede realizarse mediante domiciliación bancaria.

¿Quién puede usar este servicio?

Por el momento, solo está disponible para los trabajadores incluidos en el RETA, aunque la Seguridad Social ha anunciado que en el futuro se podrá extender a los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar, a trabajadores agrarios por cuenta ajena durante los períodos de inactividad, a las personas incluidas en el Sistema Especial para empleados de hogar y a los suscriptores de convenios especiales.