Hacienda

Guía práctica: ¿cómo tributa el nuevo plan de ayudas para pymes y autónomos?

Previsiblemente, este viernes 12 de marzo se aprobará en Consejo de Ministros el paquete por importe de 11.000 millones para el sector de la hostelería, el turismo y el comercio

Una mujer perteneciente al sector hostelero de Alicante sostiene una pancarta en una manifestación
Una mujer perteneciente al sector hostelero de Alicante sostiene una pancarta en una manifestaciónJoaquín ReinaEuropa Press

Las pymes y los autónomos llevan varios meses agonizando y reclamando ayudas directas para salvar sus negocios. Según un estudio realizado por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), los autónomos perdieron alrededor de 60.000 millones de euros en 2020 y su actividad y nivel de ingresos aún sigue sin recuperarse en 2021. Por ello, mañana es un día que todo ellos tienen fijado en su calendario.

Previsiblemente, este viernes 12 de marzo se aprobará en Consejo de Ministros el paquete de ayudas públicas por importe de 11.000 millones de euros para el sector de la hostelería, el turismo y el comercio. Este plan se sustentará a través de tres fondos de apoyo directo a las empresas, uno con ayudas a empresas afectadas canalizadas por las comunidades autónomas, otro de conversión de créditos ICO y un tercero de recapitalización de empresas medianas. Con la llegada de estas cantidades, surge la duda de cómo deben tributar. Los expertos de TaxScouts, fintech que simplifica la presentación de impuestos, han creado una guía de tributación para estos autónomos.

¿Qué ayudas recibirán pymes y autónomos?

Las ayudas de este fondo se sumarán a las ya implementadas por las regiones y las nuevas medidas que las regiones configurarán después de la transferencia realizada por el Estado del fondo Covid-19 de 16.000 millones. A estas cantidades hay que sumarle los 8.000 millones del fondo europeo REACT-UE, del cual 2.000 millones de euros se destinarán a ayudas para empresas y autónomos. El paquete de ayudas de 11.000 millones de dividirá de la siguiente forma:

-El primer fondo será de ayudas directas para los negocios por valor de 7.000 millones. Estas se concederán a través de las comunidades autónomas y estarán dirigidas a financiar costes como los arrendamientos, los gastos de suministro o la formación, según señalaron a Europa Press fuentes del Ejecutivo.

-Un segundo fondo se configurará para la reestructuración de los más de 120.400 millones de créditos avalados hasta la fecha por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en un 98% a pymes y autónomos. Este estará dotado con 3.000 millones y lo gestionará la banca.

-El tercer y último fondo será de recapitalización para empresas medianas mediante la empresa pública Cofides por importe de 1.000 millones, en la línea del implementado por la SEPI de 10.000 millones de euros para grandes empresas.

¿Hay que declarar estas nuevas ayudas?

Sí, al igual que con las ayudas ya concedidas en 2020. En el único supuesto en el que no sería necesario, es si se establece explícitamente que están exenta de pago. En caso de no declararlas, deberá hacer frente a una multa por parte de Hacienda.

¿Cómo tributan estas ayudas en la Renta?

Las ayudas recibidas durante 2020 deberán quedar recogidas en la declaración de 2020. Las recibidas tras la aprobación del paquete de 11.000 millones deberán declararse en la campaña de la Renta 2021 si las empresas las reciben durante este año.

En el caso de haber percibido una prestación por cese de actividad, debe tener en cuenta que dicha prestación no se considera un ingreso de la actividad, sino un rendimiento del trabajo. Del total, los primeros 2.000 euros quedarán exentos de impuestos. Aunque en el caso de haber percibido menos de 2.000, desde TaxScouts recuerdan la importancia de seguir declarándolos aunque no se pague por ellos. Además, si es autónomo y aún permanece en cese de actividad, deberá seguir presentando los modelos trimestrales de IVA e IRPF.

Si ha recibido un crédito ICO, al ser una ayuda que hay que devolver, no computa como un rendimiento del trabajo, “pero se pueden deducir como gasto los intereses soportados por el empresario, así como el resto de gastos de apertura y constitución que se hayan aplicado”, aclaran los expertos de la fintech. Si el autónomo se ha beneficiado de la ampliación del periodo de carencia de los préstamos, también podría deducirse como gasto esos intereses. Los gastos satisfechos como consecuencia de los créditos pueden computarse como gastos deducibles.

Respecto a las subvenciones de su comunidad autónoma, “estas ayudas tributan como rendimientos de actividades económicas, a menos que se haya establecido expresamente para esa ayuda que está exentas de tributación”, explica TaxScouts.

Ayudas que se han prorrogado

Por el momento, las ayudas a los autónomos han sido prorrogadas, en la mayoría de los casos, hasta el 31 de marzo. Estas son algunas de las ayudas a las que se puede acceder: prestación por cese de actividad; prestación compatible con la actividad; ayuda extraordinaria por bajos ingresos (para autónomos que no cumplen las condiciones para pedir las dos ayudas anteriores); y ayuda a autónomos de temporada, disponible para los autónomos de temporada que debían estar dados de alta un mínimo de 2 meses entre 2018 y 2019.

Sanciones por no declarar

No declarar las ayudas recibidas por la Covid-19 puede implicar una sanción en función a la gravedad de la infracción:

- Sanciones leves: cuando el importe no declarado no supere 3.000 euros exista o no ocultación. La sanción es una multa pecuniaria proporcional del 50%.

- Sanciones graves: cuando el importe no declarado sea superior a 3.000 euros y exista ocultación. La sanción es una multa pecuniaria proporcional del 50% al 100% que se graduará en función de la infracción y del perjuicio económico que haya causado al erario.

- Sanciones muy graves: cuando se utilicen medios fraudulentos. La multa proporcional podrá ser del 100% al 150%.