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Esta es la fecha límite para solicitar los préstamos ICO y cuándo deberán empezar a amortizarse

En marzo de 2020 el Ejecutivo puso a disposición de autónomos y empresas unos créditos avalados por el Instituto Crédito Oficial (ICO) para mitigar los efectos económicos de la pandemia

Una de las puertas de acceso de la sede del ICO (Instituto del Crédito Oficial), en el Paseo del Prado de Madrid
Una de las puertas de acceso de la sede del ICO (Instituto del Crédito Oficial), en el Paseo del Prado de MadridEduardo ParraEuropa Press

La llegada de la pandemia del coronavirus en España y en el mundo provocó una crisis sanitaria sin precedentes que, a su vez, derivó en una paralización de ciertos sectores, lo que supuso un gran impacto negativo en la economía a nivel mundial afectando a miles de empresas y trabajadores.

A raíz de esta situación, en marzo de 2020, el Ejecutivo puso a disposición de autónomos y empresas unos créditos avalados por el Instituto Crédito Oficial (ICO) con el objetivo de mitigar los efectos económicos que trajo consigo la pandemia.

No obstante, a pesar de que todavía existen muchas actividades que no han recuperado los niveles prepandemia, estos préstamos deberán a empezar a amortizarse, ya que están a punto de cumplirse los dos años máximos de carencia. Sin embargo, a raíz de que no todos los trabajadores podrán afrontar dichos pagos, existen varias soluciones como solicitar una ampliación del plazo de amortización del préstamo o negociar las condiciones con la entidad financiera para poder pagar esta deuda.

¿Qué son los préstamos ICO para los afectados por Covid-19?

El Gobierno aprobó el pasado 17 de marzo de 2020 una línea de avales dotada de hasta 100.000 millones de euros para “facilitar acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19″, tal y como aseguran en la web del ICO. Esta financiación fue una de las primeras medidas puestas en marcha para proteger el tejido productivo tras la declaración del estado de alarma.

Posteriormente, el Ejecutivo aprobó una segunda línea de 40.000 millones, dirigida a impulsar la realización de nuevos proyectos de inversión empresarial, avalando hasta el 80% en el caso de autónomos o pymes, y hasta 70% en el caso de nuevas operaciones de préstamos o el 60% para renovaciones para el resto de empresas.

¿Cuándo vencen las moratorias de estos créditos?

Son muchas las empresas que entre abril y junio de 2020 solicitaron los créditos con aval público, las cuales extendieron el periodo de carencia hasta el máximo permitido de 24 meses. No obstante, estas deberán hacer frente a sus obligaciones en el segundo trimestre de este año.

Durante la primera ola de la pandemia, la carencia era de un año, pero en noviembre de 2020 se amplió hasta dos años, en el que un total de 386.698 operaciones se acogieron a esta medida, que estuvo vigente hasta junio de 2021.

Además, estos podrán extenderse de forma voluntaria siempre y cuando se llegue a un acuerdo con el banco acreedor, debiendo comunicar al ICO dicha ampliación en la fecha máxima del 1 de junio de 2022. De acuerdo con la norma actual, contempla extender la vida total del préstamo avalado hasta diez años dependiendo de la tipología de la empresa. Inicialmente, el plazo de devolución era de hasta cinco años, pero este acabó extendiéndose hasta un máximo de ocho.

Del mismo modo, las empresas que pueden solicitar la extensión de los plazos de amortización son aquellas cuya facturación haya caído más del 30% en 2020 respecto a niveles prepandemia. También, aunque no cumplan este requisito, podrán acogerse a este medida aquellas empresas que cumplan el resto de condiciones de elegibilidad.

Por otro lado, tras la aprobación del último Acuerdo del Consejo de Ministros del 30 de noviembre de 2021 se extendió el plazo de solicitud del aval por parte de las entidades financieras para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas hasta el 1 de junio de 2022.

¿Hay más opciones de renegociación de la deuda?

La extensión del vencimiento de los avales no es la única opción de renegociación de la deuda, sino que también es posible la conversión del crédito avalado en préstamos participativos, manteniendo la cobertura del aval público hasta la fecha límite del 1 de junio de 2022.

No obstante, para ello, la empresa deberá haber tenido una caída de su facturación del 30% en 2020 y haber presentado un resultado negativo después de impuestos en la cuenta de pérdidas y ganancias del año 2020. Además el interesado en este préstamo deberá no estar en mora en ninguna financiación suscrita con la entidad financiera y no estar en concurso de acreedores.

El Código de Buenas Prácticas, como último recuerdo vigente hasta junio de 2023, contempla la realización de transferencias directas por parte del Estado para reducir el principal de la deuda. Esto tendrá un efecto directo en las entidades financieras concedentes de la financiación, que asumirán una quita por la parte proporcional no avalada del préstamo.

¿Qué ocurre si no se pueden afrontar los pagos?

Algunas compañías del sector empresarial a día de hoy todavía se encuentra afectadas por el impacto del coronavirus, por lo que el devolver las ayudas puede suponer numerosas dificultades e incluso ser impensable para muchas de ellas, como puede ser aquellos sectores más afectados por las restricciones como el turismo, los transportes y la hostelería.

Por tanto, en el caso se que no se pague este préstamo, la persona que ha recibido el dinero es la que tiene la deuda, ya que el estado es un avalista, y en estos casos “se llevarán a cabo las tareas de recuperación del crédito de acuerdo a la normativa financiera”, tal y como explican desde el ICO.

Sin embargo, la tasa de morosidad se sitúa en el 4,3%, según los datos del Banco de España, la más baja desde principios de 2009, por lo que la banca afronta esta situación con tranquilidad y confían en que la mayor parte de estos préstamos se paguen con normalidad, tal y como señaló el consejero delegado de CaixaBank, Gonzalo Gortázar.