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Vivienda

Consumo abre expedientes sancionadores a grandes empresas de alquiler turístico por prácticas engañosas

Entre los incumplimientos está indicar en el anuncio de un piso turístico que lo gestiona un particular cuando realmente está detrás una empresa. La gestoras en el punto de mira de Consumo se exponen a sanciones de hasta 100.000 euros

Economía.-Consumo abre expedientes sancionadores a grandes gestoras de pisos turísticos por posibles prácticas engañosas EUROPAPRESS

La investigación iniciada el pasado diciembre por Consumo sobre potenciales prácticas engañosas por parte de empresas que administran cientos de viviendas turísticas en distintas regiones ha desembocado en una amenaza de sanción. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que dirige Pablo Bustinduy, ha incoado, a través de la Dirección General de Consumo, expedientes sancionadores a grandes gestoras de pisos turísticos tras detectar que podrían estar incurriendo en prácticas engañosas y en otras potenciales infracciones de la Ley General para Defensa de Consumidores y Usuarios.

Estos nuevos expedientes sancionadores que abre Consumo tienen su origen en la investigación que se puso en marcha desde el departamento que lidera Pablo Bustinduy el pasado mes de diciembre, a partir de la cual se requirió información a diversas empresas que operan en todo el territorio nacional. Los datos recopilados por la Dirección General de Consumo constatarían que estas empresas estarían ocasionando “lesiones o riesgos para los intereses de consumidores y usuarios de forma generalizada" al estar ofreciendo “información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios”, como define el Artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal.

Esto es, por ejemplo, indicar en el anuncio que quien gestiona un alojamiento turístico es una persona particular o varias, cuando en realidad se trata de una empresa. Estas prácticas se considerarían engañosas en base al Artículo 27 de la Ley de Competencia Desleal, donde se detalla que "afirmar de forma fraudulenta o crear la impresión falsa de que un empresario o profesional no actúa en el marco de su actividad empresarial o profesional" así como "presentarse de forma fraudulenta como un consumidor o usuario" son acciones contrarias a la normativa.

Consumo advierte de que, según el precepto legal, estas prácticas pueden llegar a calificarse como infracciones graves, con multas de hasta 100.000 euros, cantidad que se puede sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito que haya obtenido cada empresa por haberlas llevado a cabo.

Estos nuevos procedimientos de sanción por parte de Consumo se unen al expediente sancionador que el departamento que dirige Pablo Bustinduy abrió hace dos meses, también en el ámbito de las viviendas turísticas, contra Airbnb por mantener miles de anuncios de pisos turísticos sin licencia, considerados como publicidad ilícita y en infracción de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. La Dirección General de Consumo solicitó a la plataforma que retirara de forma inminente estos anuncios y, ante su negativa, se le incoó el expediente.