Ryanair

Expediente a Ryanair por posible incumplimiento de los derechos de los pasajeros

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) estudia si la aerolínea incumplió el Reglamento Europeo sobre derechos de los pasajeros tras las cancelaciones de los vuelos durante la huelga

Pasajeros en los mostradores de la aerolínea en el aeropuerto de Valencia / Reuters
Pasajeros en los mostradores de la aerolínea en el aeropuerto de Valencia / Reuterslarazon

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) estudia si la aerolínea incumplió el Reglamento Europeo sobre derechos de los pasajeros tras las cancelaciones de los vuelos durante la huelga

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, ha abierto un expediente a Ryanair por posibles incumplimientos del Reglamento Europeo sobre derechos de los pasajeros tras las cancelaciones de los vuelos por las dos jornadas de huelga de tripulantes de cabina.

La agencia realizó inspecciones en diversos aeropuertos afectados durante los días de huelga para verificar si la compañía cumplía con los derechos de los pasajeros, y su resultado, así como de las denuncias o reclamaciones que puedan presentar los afectados, será analizado y AESA actuará en función del mismo.

Además, la agencia ha recordado a todos los pasajeros, cuyo vuelo haya sido cancelado con menos de dos semanas de antelación, que, "independientemente de lo que les haya dicho la compañía aérea", tienen derecho a reclamar una indemnización que va desde los 250 a los 600 euros por los perjuicios causados.

"Las afirmaciones de Ryanair de que la huelga es una circunstancia extraordinaria, son contrarias a la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que considera que una huelga de la tripulación de la propia compañía no es una circunstancia extraordinaria", según ha recalcado el organismo.

Por ello, todos los afectados por las cancelaciones de la huelga de tripulantes de cabina, que se desarrolló los pasados 25 y 26 de julio, tienen derecho a la indemnización que marca la norma europea, y pueden reclamarla.

En concreto, en caso de transporte alternativo, la compañía está obligada a buscar la opción más rápida y, por ello, no puede ofrecer únicamente plazas en vuelos propios, o uno o varios días después, si existen plazas disponibles en otras compañías en ese mismo día, explica la agencia, que insiste en que de no ser así los pasajeros también pueden reclamar.

El transporte alternativo, apunta AESA, es hasta el destino final y es responsabilidad de la compañía abonarlo, por lo que esta no puede pedir al pasajero que adelante el coste de dicho transporte. En caso contrario, se deben reclamar sus derechos.

La huelga llevada a cabo por los tripulantes de cabina en España los días 25 y 26 de julio también se produjo en Portugal y Bélgica. Además, el 25 se registró un paro de 24 horas por parte de los sindicatos italianos de pilotos y tripulantes de cabina.

Los sindicatos han acusado estos días a la aerolínea irlandesa de no haber colaborado con los inspectores de trabajo en las visitas que realizaron a las bases en el transcurso de la huelga.

Además, han denunciado que la compañía ha incumplido el decreto de servicios mínimos fijado por Fomento, que garantizaba el 100 % de los vuelos a las islas.

Los sindicatos de tripulantes de cabina convocantes de la huelga en España, USO y Sitcpla, no descartan llevar a cabo nuevos paros para demandar a la compañía que aplique la legislación española en los contratos laborales, garantice la celebración de unas elecciones sindicales y el respeto del Estatuto de los Trabajadores.

Para reclamar sus derechos, información, asistencia, reembolso o transporte alternativo e indemnización, AESA ha explicado que los pasajeros deben hacerlo en la compañía y, por ello, deben conservar la documentación de sus reservas.

Además, recuerda la agencia, la reclamación debe ser clara, concisa y legible, y es importante consignar con precisión fecha, hora, lugar y causas de la reclamación, así como los datos personales del reclamante y su vuelo.

Efe