
Vivienda
La Ley de Propiedad Horizontal lo deja claro: denunciar a un vecino por ruido es posible y la multa puede ser de 1.500 euros
Ruidos excesivos, impagos, reformas o el mal uso de las zonas comunes son algunos de los principales conflictos que pueden surgir en las comunidades

La mayoría de españoles viven en una comunidad de vecinosy es que cada vez más personas optan por esta opción antes que residir en una vivienda unifamiliar. Las comunidades de vecinos albergan a una gran variedad de personas, por tanto, no es de extrañar que la convivencia no siempre sea sencilla y que los problemas entre vecinos afloren con más frecuencia de la deseada, poniendo en peligro la armonía y el bienestar en estas entidades.
Ruidos excesivos, impagos, reformas o el mal uso de las zonas comunes son algunos de los principales conflictos que pueden surgir en las comunidades. Un vecino ruidoso puede ser la peor pesadilla de aquellos residentes que quieren una vida tranquila y disfrutar del descanso en su hogar. Por ello, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece una serie de normas para el ruido, y si no se cumplen, se pueden denunciar.
El artículo 7.2 de la LPH establece que "al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas".
Además, si los ruidos son por obras, el propietario debe cumplir unos límites, además de contar con la previa aprobación por parte de la comunidad.
El horario permitido para realizar obras en una vivienda puede estar regulado por los estatutos de la comunidad, ya que no existe un horario general de descanso establecido a nivel estatal. Por ello, es necesario consultar la normativa concreta de cada comunidad o municipio. En términos generales, durante el día no se deben superar los 35-40 decibelios y, por la noche, el límite suele situarse entre 25-30 decibelios. Para que una denuncia prospere, no basta con que exista ruido: este debe ser excesivo, continuado o poner en riesgo la estructura del edificio. En ese caso, los vecinos pueden actuar amparándose en la Ley de Propiedad Horizontal.
Esta norma no establece sanciones específicas, por lo que las multas dependen de otras regulaciones, como las ordenanzas municipales sobre contaminación acústica. En ciudades como Madrid, estas ordenanzas contemplan multas que pueden ir desde infracciones leves de hasta 150 euros, graves de 151 a 450 euros y muy graves de 451 a 1.500 euros.
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