Viajes

¿Qué puedo hacer si me cancelan el vuelo en Semana Santa?

No realizar el vuelo programado puede deberse a una circunstancia de fuerza mayor o a una cancelación imputable a la compañía

Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas
Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid BarajasJavier Fdez. LargoLa Razón

La cuesta de enero parece interminable, incluso llegando a extenderse varios meses hasta que por fin llega la ansiada Semana Santa. Estas fechas suponen un respiro para los ciudadanos en nuestro país, ya que aprovechan esta festividad para viajar y vivir nuevas experiencias o incluso descansar, desconectando así de la frenética realidad del día a día. No obstante, dejar atrás el estrés a veces es más complicado de lo que parece, dado que son muchos los inconvenientes que pueden truncar un viaje como llegar al aeropuerto y comprobar que el vuelo ha sido cancelado. En ocasiones es complicado saber que hacer ante este imprevisto, por ello, desde el portal de reclamaciones reclamador.es explican todo lo que debe saber el viajero si le cancelan el vuelo.

El afectado debe saber que independientemente del motivo que haya provocado esta cancelación -circunstancia de fuerza mayor o cancelación imputable a la compañía-, este tendrá unos derechos, los cuales variarán en función de que se de un caso u otro.

En el caso de que la cancelación se comunique con menos de 14 días de antelación o el afectado se entere en el propio aeropuerto, este podrá solicitar una indemnización de entre 250 y 600 euros. La cuantía variará en función de la distancia entre el origen y el destino del viaje: por una distancia inferior a 1.500 kilómetros, la compensación será de hasta 250 euros; por distancias entre 1.500 y 3.500 km, de hasta 400 euros y por trayectos de más de 3.500 km, de hasta 600 euros.

Asimismo, el viajero también tendrá derecho a que le compensen aquellos gastos "extra" que le ha supuesto la cancelación (como una noche de hotel en caso de que fuese necesario o comidas en el aeropuerto) y a que le reembolsen el importe de las reservas previamente contratadas que no podrá disfrutar por la cancelación. "Para ello recuerda guardar todos los tickets y facturas de tus gastos, porque serán tu justificante a la hora de hacer la reclamación", explican desde este portal de reclamaciones.

¿Qué debemos hacer si han cancelado el vuelo?

Para acreditar la incidencia acaecida será importante tener todos los documentos en referencia al viaje como el billete o la confirmación de reserva, y además adjuntar el DNI, NIE o pasaporte en caso de querer reclamar una indemnización por cancelación de vuelo.

Este portal sostiene que aunque las aerolíneas aleguen causas de fuerza mayor, el viajero debe asegurarse de que esas causas sean "realmente excepcionales". Además añade que "las averías en el avión o una huelga de personal propio de la aerolínea, como pilotos y tripulantes de cabina, no lo son".

En el caso de que la cancelación ocurra por una causa de fuerza mayor, la aerolínea debería ofrecer al viajero información y asistencia así como el reembolso de billete o un vuelo -u otro transporte- alternativo para llegar a tu destino. Si la aerolínea no cumple con dichas obligaciones, el afectado podrá reclamar el importe de estos gastos asistenciales que se hayan tenido que asumir hasta llegar a destino o el reembolso del billete si no se ha podido realizar el viaje.