Vivienda

Reformas en casa: ¿qué ocurre si se realizan sin el permiso de la comunidad de vecinos?

Para realizar una reforma que altere algún elemento común del edificio será necesario solicitar un permiso a la comunidad de propietarios

Además del ahorro energético, apostar por una rehabilitación sostenible del hogar supone una mejora en la calidad de vida
Dos personas reforman una viviendaLa Razón

Dar una segunda vida a aquel espacio donde desarrollamos la mayor parte de nuestra vida es una alternativa a la que recurren cada vez más propietarios. No obstante, aunque muchos se plantean reformar una vivienda, estas obras no pueden realizarse a cualquier precio, sino que, desde el portal inmobiliario Fotocasa explican que es lo que se deberá tener en cuenta para poder llevarlas a cabo.

Por norma general, no será necesario pedir ningún permiso a la comunidad de propietarios para hacer obras, sino que los permisos y licencias deberán solicitarse al ayuntamiento correspondiente. Sin embargo, es recomendable que se avise al resto de vecinos de que se van a llevar a cabo reformas en casa, así como al presidente de la comunidad para que esté informado sobre esta situación. Además, el vecino que quiera llevar a cabo reformas en el inmueble deberá respetar los ruidos permitidos y el horario establecido para no molestar al resto de residentes del edificio, según lo que establece la normativa.

En el caso de que la reforma que se vaya a realizar en la vivienda altere algún elemento común del edificio –como una fachada, balcón, terraza común, la puerta de entrada del piso...– sí que será necesario solicitar un permiso a la comunidad de propietarios.

"El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad", tal y como establece el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Por ejemplo, si una persona es propietaria de un ático o un bajo, esta no podrá modificar sus elementos estructurales.

Asimismo, tampoco se podrán modificar aquellos elementos que ven el resto de vecinos y que, por lo tanto, están en zonas comunes como la puerta de entrada del piso o las ventanas que dan a la calle. Y es que, se estaría modificando la estructura y la imagen del edificio.

"Para ello, necesitaremos el consentimiento y la aprobación del resto de vecinos, que deberán aprobarlo en junta de propietarios. Si a pesar de no contar con su permiso decidimos llevar a cabo obras que alteren los elementos comunes del edificio, la comunidad de propietarios estará en pleno derecho de demandarnos por vía judicial", explica el portal inmobiliario.

En el caso de que se realicen obras sin el consentimiento de la comunidad, también se estaría infringiendo la normativa vigente, por lo que esta persona podría enfrentarse al pago de multas de miles de euros.