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El TSJ de Madrid insta a Interior a facilitar medios de protección a los policías

Atiende la petición de Jupol, pero no fija un plazo al ver esa obligación “imposible de cumplir en estos momentos” y dice que se priorice a sanitarios y a los colectivos más vulnerables

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha instado a Interior a facilitar los medios de protección adecuados contra el coronavirus a Jupol, el sindicato mayoritario de Policía, ante el “palmario” riesgo al que los agentes se ven expuestos “ante la insuficiencia de medios”.

Sin embargo, y a diferencia de lo que hizo hace unos días el Juzgado de lo Social número 31 de Madrid -que dio 24 horas a la Comunidad de Madrid, a petición de una asociación médica, para facilitar mascarillas y guantes a todos los hospitales de la región-, el tribunal no fija un plazo para cumplir con esa orden judicial. Y lo hace, explica el tribunal, presidido por la magistrada María Aurora de la Cueva, al considerar que en estos momentos esa obligación resultaría “imposible de cumplir y ejecutar en estos momentos”.

Por tanto, la Sala se limita a requerir a la Secretaría de Estado de Seguridad a proporcionar a Jupol"todas las medidas de protección necesarias para desarrollar sus funciones en condiciones de seguridad, en el mismo instante en el que reciba los citados EPIS (equipos de protección individual) y demás medios de protección".

Eso sí, el TSJM deja claro que la medida debe llevarse a cabo “sin desatender, por ello, a los colectivos profesionales prioritarios”, entre los que cita expresamente al personal sanitario,"y a los colectivos más vulnerables".

El sindicato policial planteó al Tribunal Superior de Madrid una demanda de incumplimiento en materia de prevención de riesgos laborales en la que solicitaba la adopción de medidas cautelarísimas ante la “carencia de protección suficiente para hacer frente al Covid-19” a la que, “sin duda” -admite el tribunal- se ven expuestos en su quehacer diario.

Las magistradas califican la situación de “absolutamente urgente” y tildan de “palmario” el riesgo que el colectivo representado por el sindicato denunciante debe afrontar “ante la insuficiencia de medios, la cual, desgraciadamente, también es notoria y no necesita una especial acreditación, al menos, en este momento”.

De ahí que la Sala aprecia esas circunstancias de especial urgencia y, sin siquiera oír a Interior, adopte las medidas cautelarísimas reseñadas esgrimiendo "la situación que atraviesa el país en la actualidad". De hecho, la Sala incluso posterga el debate procesal sobre la competencia del tribunal para instruir este procedimiento.

No obstante, el TSJ de Madrid se rinde a la evidencia y se niega a dar un plazo a Interior. “Siendo notoria la escasez de medios de protección -argumenta-, un pronunciamiento completamente estimatorio de la solicitud que se sujetara, por ejemplo, a un determinado plazo, carecería de ejecutividad al convertirse en una obligación de hacer imposible de cumplir y ejecutar en estos momentos”.

Contagios y riesgos

En la misma resolución, el TSJM acuerda igualmente abrir una pieza separada de medidas cautelares y dar traslado de la demanda a Interior y al Ministerio Fiscal para que, en el plazo de tres días, efectúen alegaciones que consideren sobre la posible falta de jurisdicción o competencia objetiva del tribunal para conocer del fondo de la cuestión planteada.

En un comunicado, Jupol explica que con esta medida, similar a las planteadas por el sindicato “antes incluso del estado de alarma”, pretende “proteger en todo momento la seguridad y salud” de los agentes que, recuerda su secretario general, José María García, “se encuentran día a día en primera línea en la lucha contra el Covid-19”.

EL sindicato mayoritario hace hincapié en que ha puesto “en varias ocasiones que la falta de medidas de protección” ha supuesto en la Policía “el contagio de una importante cantidad de efectivos por el coronavirus, causando importantes riesgos para la salud de los mismos y para sus compañeros y familias”.