El derbi de Champions

"Caja B"
Si el planteamiento de las cuestiones previas no lo impide, Luis Bárcenas declarará en el juicio de la «caja b» del PP en la recta final de la campaña electoral de las elecciones catalanas del próximo día 14. El «efecto Bárcenas» –el de sus últimas revelaciones que apuntan directamente al supuesto conocimiento que tenía Mariano Rajoy de esa contabilidad opaca– se medirá, por tanto, antes de una cita electoral en la que PP, Ciudadanos y Vox pugnan por la hegemonía del voto en la derecha.
Según ha podido saber LA RAZÓN, el tribunal –presidido por el magistrado José Antonio Mora–, no tiene previsto aplazar esa declaración hasta después de la cita con las urnas. No existe ningún mandato legal al respecto, pues entre las causas de suspensión de un juicio que detalla la Ley de Enjuiciamiento Criminal no figura la de evitar posibles interferencias en un proceso electoral. De hecho, el abogado del PP no tiene pensado –confirman fuentes jurídicas– incluir esa petición en el trámite de cuestiones previas con el que comienza el lunes el mediático juicio.
La Sala prevé que el planteamiento de esas cuestiones previas –fundamentalmente por parte de las defensas– se prolongue durante dos sesiones (en principio solo matinales), por lo que a partir del miércoles llegaría el turno del interrogatorio de los acusados. Salvo cambios de última hora, Bárcenas es el primero en la lista. Y no será breve. En enero de 2017, su declaración en el juicio a la primera etapa de la «trama Gürtel» –que le acarrearía una condena de 29 años de prisión– se prolongó durante más de 16 horas repartidas en tres jornadas. Así que no sería de extrañar que su testimonio siguiera escuchándose después del 14-F.
Pero aunque el tribunal no se plantee ese aplazamiento para no añadir más aristas políticas a un juicio ya de por sí erizado de ellas –que además de ahondar en la supuesta financiación irregular del PP cuenta, por si fuera poco, tanto con el PSOE como con Izquierda Unida en las filas de las acusaciones–, Bárcenas sí podría finalmente declarar tras el 14-F por otro motivo.
Y es que si los magistrados consideran que la complejidad de las cuestiones previas obliga a suspender la vista para estudiarlas a fondo, lo previsible es que el juicio no se reanude ya hasta la semana siguiente, superada la cita electoral. En el caso del juicio del «procés», por ejemplo, se reservó una jornada para ese tramite procesal casi dos meses antes de que comenzase como tal la vista oral. Pero en la Audiencia Nacional, lo habitual es que se resuelvan sobre la marcha por el tribunal, anticipando el pronunciamiento y dejando el planteamiento de los argumentos para la sentencia.
De la sentencia de los “ERE” a la citación del exministro Blanco
Precedentes hay, en uno y otro sentido. La notificación de la sentencia de los «ERE» (con los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán entre los acusados) vio pasar nada menos que cuatro elecciones (andaluzas de 2018, y generales, municipales, autonómicas y europeas, y, de nuevo, generales en 2019) en los once meses que pasaron desde que se escuchó el visto para sentencia. Finalmente, el fallo se conoció apenas diez días después de los comicios del 10-N.
Con la misma intención de no entorpecer los procesos electorales, el Tribunal Supremo no hizo pública la citación a declarar como investigado al entonces ministro de Fomento José Blanco por el «caso Campeón» (que terminaría archivándose) hasta casi un mes después de las generales del 20 de noviembre de 2011.
En el otro lado de la balanza, el propio juicio del «procés», que siguió su rumbo pese a coincidir con las generales del 28 de abril y las municipales, autonómicas y europeas del 26 de mayo de 2019 y a que tanto en el banquillo como en estrados se sentaban varios candidatos. En esas mismas fechas, la campaña electoral tampoco impidió que el entonces presidente de la Generalitat Quim Torra declarase como investigado en el TSJ de Cataluña (con el aval de la Fiscalía) por desobedecer a la Junta Electoral y negarse a retirar los lazos amarillos.
La “doctrina Vadillo”
Aunque no existe un mandato legal, en estos casos siempre sobrevuela la conocida como «doctrina Ruiz Vadillo» (en referencia al magistrado ya fallecido Enrique Ruiz Vadillo, que presidió la Sala Penal del Tribunal Supremo entre 1987 y 1994), que implantó la costumbre de no dar a conocer la resolución de recursos de casación que afectasen a políticos aforados coincidiendo con procesos electorales. Para, según apuntan fuentes del Alto Tribunal, «evitar convertir a la Sala en protagonista de una campaña electoral».
Las fuentes jurídicas consultadas dejan claro que “no hay ninguna obligación legal de suspender”, pero que el tribunal sí debe “ponderar los valores en juego: por un lado la recta administración de justicia y, por otro, los posibles efectos en un proceso electoral”. Se trata, dicen, de “una especie de usus fori” (una práctica arraigada en los tribunales ante una situación no regulada legalmente). Y aunque sostienen que no debería celebrarse un juicio de estas características en fechas electorales, puntualizan que la sucesión de convocatorias electorales “tampoco puede condicionar la celebración de juicios”, sobre todo si existen presos preventivos (no es el caso, pues Bárcenas está condenado en sentencia firme) o si, como sucede en este supuesto, las fechas de la vista oral se fijaron con mucha anterioridad.
No obstante, subrayan, las cuestiones previas son “de carácter técnico” y no influyen en una campaña electoral. Además, aventuran, “el tribunal puede tomarse unos días para resolverlas y reanudar pasadas las elecciones”.
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