Cuentas

Podemos recibió para el 10-N microcréditos que excedían la cantidad que delimita la ley electoral

Hasta nueve aportaciones de financiación que sobrepasan el montante de 60.600 euros, según el Tribunal de Cuentas. La formación morada ha justificado a la institución la devolución de las citadas financiaciones

El secretario general de Unidas Podemos, Pablo Iglesias, acompañado por los demás miembros de la formación morada, comparece ante los medios en la noche del 10-N
El secretario general de Unidas Podemos, Pablo Iglesias, acompañado por los demás miembros de la formación morada, comparece ante los medios en la noche del 10-NEFEEf

Podemos recibió microcréditos por parte nueve personas que sobrepasaron en un montante total de 60.600 euros el máximo permitido para las aportaciones de fondos a partidos políticos para la financiación de la campaña electoral de las elecciones generales de 2019, según ha detectado el Tribunal de Cuentas. Aunque, la institución destaca que el partido ha justificado haber devuelto estas financiaciones.

Así consta en el informe sobre la contabilidad electoral de las distintas formaciones políticas correspondiente a aquellos comicios aprobado por el órgano que preside María José de la Fuente y de la Calle.

En el apartado relativo a la contabilidad de Unidas Podemos, recogido por Europa Press, el fiscalizador señala la existencia de microcréditos concedidos a Podemos por un total de 2.683.419,51 euros, que la coalición no ha declarado específicamente al encontrarse incluidos dentro de las aportaciones realizadas por la formación de Pablo Iglesias.

Al revisar estas operaciones de endeudamiento para comprobar si los importes de los microcréditos excedían el límite máximo previsto en la normativa electoral para las aportaciones de fondos, por si adoptaran tal naturaleza en el supuesto de no devolución, el tribunal detectó que los realizados por nueve personas físicas sobrepasaban dicho límite, por un importe total de 60.600 euros.

Actualmente, la ley electoral fija un límite de 50.000 euros anuales para las donaciones a partidos procedentes de una misma persona física o jurídica correctamente identificadas y que no sean finalistas ni revocables. Eso sí, en el trámite de alegaciones, Podemos remitió la documentación justificativa de la devolución de todos los microcréditos.

En las recomendaciones incluidas en su informe, similares a las plantea tras la revisión de la contabilidad de todas las elecciones en los últimos años, el Tribunal de Cuentas sugiere la conveniencia de regular específicamente los microcréditos, para, por lo menos, fijar una cuantía máxima por prestamista que no exceda del límite máximo previsto en la normativa electoral para las aportaciones privadas.

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También demanda que esa regulación remarque que los microcréditos deben ser ingresados en las cuentas bancarias electorales, que tengan que ser devueltos antes que de se cumpla un año natural de la celebración de las elecciones para las que se concedieron y que para renunciar a su devolución los prestamistas deben hacerlo constar por escrito y la cantidad pasará a ser una donación.

Ademas, según el informe, Unidas Podemos incurrió para las últimas generales en gastos irregulares por importe de 248.868,91 euros, de los que 9.406,54 euros correspondieron a gastos con justificación insuficiente y 239.462,37 a gastos de publicidad en prensa, radio u otros medios digitales realizados antes del inicio de la campaña electoral, lo que está prohibido por el artículo 53 de la LOREG. Por eso, estos gastos no han sido admitidos como susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales, aunque sí se han tenido en cuenta a efectos de verificar el cumplimiento del límite máximo de gastos.

Lo mismo ha sucedido con 24.390,27 euros de operaciones ordinarias que, pese a lo declarado por la coalición, no tienen consideración de gastos electorales. En este apartado figuran gastos de estilismo de los candidatos para anuncios electorales y del alquiler de locales para la noche electoral que la coalición establece que, según defiende en sus alegaciones, sí deberían ser subvencionados.

El tribunal señala, asimismo, que del examen de la documentación justificativa aportada por la formación, ha resultado un mayor gasto de publicidad exterior (y menor gasto de publicidad en prensa y radio) por importe de 924,74 euros, que ha sido reclasificado y tenido en cuenta a efectos de verificar el cumplimiento de los límites de gastos que fija la ley.

Respecto a lo invertido en envíos de propaganda electoral se ha deducido que un importe de 128.368,90 euros corresponde en realidad a gastos por operaciones ordinarias, habiéndose procedido a su reclasificación en el apartado correcto.

También las confluencias de Podemos en Cataluña y Galicia declararon gastos por envíos de propaganda electoral que el tribunal no ha computado como subvencionables puesto que ni En Comú Podem ni Galicia en Común tenían derecho a esta subvención por lo no haber alcanzado el mínimo de representación requerido para ello. En concreto, En Comú consignó 236.229,94 euros en este apartado y la confluencia gallega 169.073,82 euros.

Asimismo, Galicia en Común invirtió 3.493,83 euros en anuncios en prensa, radio o medios digitales antes del arranque de la campaña por los que tampoco recibirá ayudas.