Polémica

La amnistía no se citó en ningún momento en los debates constitucionales

"Quienes toman la ley constitucional de 1978 como base para aprobar una ley de amnistía, fuerzan de manera inadmisible el espíritu y la letra de la Carta Magna”, señala el estudio realizado por dos letrados.

Fachada del edificio del Congreso de los Diputados
Fachada del edificio del Congreso de los Diputados Gonzalo Pérez MataLa Razón

Los constituyentes de 1978, desde los primeros pasos de la Ponencia Constitucional, creada en el seno de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas del Congreso, no contemplaron nunca el encaje de la regulación de la amnistía dentro de la sistemática del texto de la Carta Magna. Es la conclusión de un pormenorizado estudio, que han realizado Clotilde Sánchez Méndez, licenciada en Derecho; y Vicente López Pascual, doctor en Ciencias Históricas y licenciado en Derecho, que ha conocido LA RAZÓN.

Para ello, los autores han revisado toda la documentación constitucional de 1977 a 1978, desde las actas, minutas y borradores de los siete ponentes, muchos de cuyos textos se mantienen tal y como redactaron en su momento, pasando por las enmiendas y votos particulares de diputados y senadores, hasta las intervenciones de diputados y senadores en las sesiones plenarias de las Cámaras. Y también documentos de trabajo de las Secretaría General del Senado y de la Secretaría de Despacho de la Presidencia del Senado (Gabinete).

“A la vista de lo anterior, podemos formular la conclusión siguiente: En el principio generador que rodeó el debate de los siete Ponentes, que representaban a todas las fuerzas políticas, no solamente a los partidos mayoritarios, sino también a las minorías estatales y no estatales, nunca estuvo constitucionalizar la amnistía, sino todo lo contrario. Desde entonces, la amnistía como medida de gracia, desapareció de los textos y debates. Finalmente, conviene dejar dicho que quienes toman la ley constitucional de 1978 como base para aprobar una ley de amnistía, fuerzan de manera inadmisible el espíritu y la letra de la Carta Magna”.

“El presidente Pedro Sánchez, una vez apiñado su conjunto de apoyo político, y valiéndose de la colaboración de jueces y magistrados afectos al Gobierno, pretende conseguir que prospere con carácter de urgencia una proposición de ley orgánica de amnistía que beneficie a todos los condenados y encausados en Cataluña por el alzamiento separatista de 2017. En otras palabras, intenta nada más y nada menos que aplicar el borrón y cuenta nueva, como si los alzados nunca hubieran existido, ni tampoco sus delitos”, subrayan.

El 20 de junio de 1978, -- recuerdan-- la Comisión Constitucional del Congreso emitió dictamen al Anteproyecto de Constitución, donde la amnistía no figuraba por ninguna parte, ni tampoco en las enmiendas, ni en los votos particulares al texto. “A continuación, el Pleno del Congreso se reunió entre los días 6 y 21 de julio en jornadas muy largas, y cuando se debatió el artículo 57 (antes 54), nadie citó la amnistía. Finalmente, los diputados aprobaron el proyecto de Constitución el 21 de julio, por 358 votos a favor, 2 en contra y 14 abstenciones”.

A su paso por el Senado, "entre los días 18 de agosto y 15 septiembre, la Comisión debate sobre 1128 enmiendas,28 formuladas por los senadores al proyecto de Constitución del Congreso, 27 de ellas dirigidas al artículo 57, sin que ninguna cite la amnistía. 29 Pero, aparte de estas últimas, el senador vasco Juan María Bandrés Molet, de Euskadiko Ezquerra, formula la enmienda 288 a las disposiciones transitorias, donde solicita que se incluya una nueva disposición que autorice a las Cortes Generales a "discutir y aprobar, por una sola vez, una ley de indulto general para beneficiar a los presos sociales".

El 25 de septiembre, el Pleno del Senado comenzó a debatir el dictamen del proyecto de Constitución. “No hemos encontrado referencia alguna a la amnistía en los 567 votos particulares presentados por los senadores al dictamen de la Comisión. No obstante, el 5 de octubre, casi al final del debate, intervino el senador Bandrés Molet para defender su voto particular, en medio de expectación porque se trataba de un dirigente abertzale de Euskadi Ezquerra. Declaró que estaba de acuerdo en que la Constitución prohibiera los indultos generales, y dejó claro que tan solo proponía que las Cortes se reservaran "el derecho por una sola vez", a conceder un indulto a los amenazados por la ley de Peligrosidad Social. Con énfasis, concluyó: No pido un indulto general, y mucho menos amnistía"”.

Señalan que “en el momento en que se concluía este trabajo, el PSOE registró el 13 de noviembre de 2023 en el Congreso de los Diputados una proposición de Ley Orgánica de Amnistía para la Normalización institucional, política y social en Cataluña. Aunque entendemos que el análisis de esa iniciativa legislativa no forma parte de nuestro trabajo, y sí de otro, advertimos, no obstante, grosso modo, que estamos ante una amenaza seria, real y directa para el sistema constitucional español, de graves y alarmantes repercusiones”.

“En este sentido, los autores, alineados con quienes tratan de evitar que la ley constitucional pueda quedar sometida a mayorías parlamentarias coyunturales, con la consecutiva inestabilidad del sistema e inseguridad jurídica, consideran que la proposición de ley de amnistía es un procedimiento subrepticio para obtener lo que de otro modo no se conseguiría. Quizá también un proyecto a medio plazo para desvalorizar la Carta Magna, que culmine con la indeseable pérdida del patriotismo constitucional”.