
"Procés"
Asociación catalana de víctimas sostiene que el TJUE "no debería pronunciarse" sobre si hubo o no "autoamnistía"
Quiere que pida a la Audiencia Nacional que "aclare" si se mostrará su parecer sobre la resolución del alto tribunal europeo

La Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (Acvot) ha defendido que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) "no debería pronunciarse" sobre si la ley de amnistía impulsada por el Gobierno supone o no "autoamnistía".
En un escrito, al que ha tenido acceso EP, la asociación solicita al TJUE que le pida a la Audiencia Nacional que aclare si -en el marco de la consulta que elevó por la aplicación de la ley de amnistía a los doce miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por terrorismo- pretende pronunciarse sobre la conclusión del abogado general del TJUE de que la norma no supone una "autoamnistía".
La Acvot considera que es "esencial" que la Audiencia Nacional aclare dicho extremo al entender que, si no se va a manifestar al respecto, "la cuestión que aborda el abogado general en su informe es puramente hipotética y sobre ello no debería pronunciarse" el TJUE. En este sentido, la asociación señala que en el caso de que el órgano español desease pronunciarse sobre este asunto, podría hacerlo "en una cuestión prejudicial en la que realmente esa cuestión se plantee".
La Acvot incide en que el informe del abogado general aborda "un tema concreto" que "no se había planteado" por la Audiencia Nacional, "pero que sí se había expuesto en la vista por la Comisión": que la ley impulsada por el Gobierno "no es" una "autoamnistía".
"Lo hace en respuesta o en atención a las consideraciones de la Comisión en la vista relativas a que la ley de amnistía era la contraprestación por los votos necesarios para que el actual presidente del Gobierno de España consiguiese su investidura", subraya.
Para la asociación, el planteamiento del abogado general de la UE "es anómalo" porque -a su juicio- propone que el TJUE "interprete la ley española y establezca su sentido y finalidad". Y, según defiende, "lo que le corresponde es determinar la interpretación del derecho de la Unión, no de las normas españolas".
Además, afea que este punto al que se ha dado relevancia en las conclusiones del abogado general se suscitó en la vista de la Comisión, "sin posibilidad de un debate pleno por las partes y los interesados".
Por ello, reclama también al TJUE que reabra la fase oral del procedimiento "para que la cuestión pueda ser debatida".
"Ese debate se hace tanto más necesario cuando se tiene en cuenta que lo planteado concretamente por la Comisión en la vista (que la venta de una ley por votos en una investidura no es parte del interés general) es precisamente lo que se elude en las consideraciones del informe del abogado general", añade.
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