Política

Geroa Bai

El Tribunal de Cuentas exculpa a Barkos del cobro de dietas irregulares pero ve negligente su actuación

Constata que sí se produjo “un daño o menoscabo” en las arcas del Ayuntamiento de Pamplona

La presidenta de Navarra, Uxue Barkos/Foto: Efe
La presidenta de Navarra, Uxue Barkos/Foto: Efelarazon

El Tribunal de Cuentas exculpa a Barkos del cobro de dietas irregulares pero constata que sí se produjo “un daño o menoscabo” en las arcas del Ayuntamiento de Pamplona

La presidenta de Navarra, Uxue Barkos, no percibió de forma irregular dietas por un total de 55.398 euros cuando era concejal de Geroa Bai en el Ayuntamiento de Pamplona entre 2008 y 2012. El Tribunal de Cuentas ha ratificado la desestimación de la demanda presentada contra ella por la asociación Justitia et Veritas, pese a que considera que actuó de forma negligente y que sí existió “un daño o menoscabo en los caudales públicos municipales” del Consistorio.

Los magistrados concluyen que las indemnizaciones percibidas por Barkos por la asistencia a reuniones del grupo municipal “no fueron, en modo alguno, justificadas en la forma legal y reglamentariamente exigida por las normas presupuestarias y contables”, una práctica, por otro lado, generalizada entre los miembros la Corporación. Para el tribunal, el daño económico sufrido por el Ayuntamiento de la capital navarra podría ser, por ello, incluso “mucho mayor”.

Para liquidar esas dietas, bastaba con que los concejales rellenasen a mano un documento semestralmente señalando las sesiones que daban derecho al cobro de las mismas. Y es que el abono de éstas solo se producía cuando los concejales afectados lo solicitaban, “aunque debían justificarlos documentalmente”.

Pero para el Tribunal de Cuentas no se ha probado que la actual presidenta navarra actuara “consciente de que su comportamiento provocaba o podría provocar un perjuicio a los fondos públicos tenidos bajo su cargo o manejo, sin adoptar las medidas necesarias para evitarlo”, ni siquiera que lo hiciera de forma imprudente. “Existió negligencia” aunque, matiza, “la misma debe ser considerada culpa leve”. Los magistrados consideran que Barkos actuó condicionada “por la más que deficiente actuación de los propios servicios de gestión administrativa del Ayuntamiento de Pamplona” y afea su comportamiento a los órganos de control interno que supervisaban esos fondos y a quienes autorizaron los pagos. De ahí que la Sala concluya -pese a las “serias dudas” que, reconocen, le ha planteado la demanda- que no existió responsabilidad contable por parte de la entonces edil.