Congreso de Defensa UNIE-LA RAZÓN
Jueces togados defienden que la jurisdicción militar debe seguir existiendo para "cuando todo falle"
Los magistrados del Supremo Rodera y Marín coinciden en que la especialización de la Justicia y los valores morales que implican a los efectivos justifican la continuidad de una jurisdicción propia
Dos magistrados de la Sala Quinta del Tribunal Supremo (TS), José Alberto Fernández Rodera, y Fernando Marín Castán han defendido, exponiendo distintas argumentaciones, que la jurisdicción militar debe seguir estando diferenciada de la Justicia ordinaria.
Ambos coincidieron, en todo caso, tras ser preguntados por el moderador, el magistrado Enrique López, el exconsejero madrileño Justicia, además de columnista de este diario, en que permite satisfacer más las necesidades de la Justicia en un mundo distinto al civil, el castrense.
Y permite que "cuando todo falla, en situaciones de crisis, como la pandemia o escenario peores, lo que tiene que seguir ahí son las Fuerzas Armada y el sistema judicial militar" para velar por el cumplimiento de las funciones que tienen encomendadas. Especialmente, la de dar su vida, si fuese necesario, en las misiones que se despliegan.
Como parte del tercer coloquio de la jornada del I Congreso Internacional sobre los Nuevos Retos Jurídicos y de la Defensa y Seguridad organizado por la Universidad Internacional de la Empresa (UNIE) y que acogió LA RAZÓN, Fernández Rodera explicó que la mayoría de los principales países del mundo, como EEUU, Canadá, Reino Unido o la generalidad de los países sudamericanos, tienen una justicia militar.
Expuso durante su intervención que existían tres grandes razones que justifican su existencia y continuidad. Primero, explicó, "la más simple e importante" es que a nivel legal y formal la Constitución establece en su artículo 117.5 la jurisdicción militar es especial para el ámbito castrense y con las garantías constitucionales en cuanto a derecho.
Por otro lado, apuntó como segundo motivo, que permite una tutela judicial efectiva para un ámbito tan específico como son las Fuerzas Armadas, habida cuenta del estatus jurídico de sus miembros y de los principios morales que vinculan su la propia vida de los militares al servicio al país.
Por último, en tercer lugar, figura que la Justicia experimenta cada vez más una tendencia a la especialización y que, al igual que existe la Audiencia Nacional y los Juzgados de menores o violencia de género, "también existe una jurisdicción propia en un ámbito tan específico como la institución militar".
Marín Castán, por su parte, defendió que, pese a que estén diferenciadas, en el Supremo se consuma el principio de unidad de las dos jurisdicciones, la ordinal y militar.
Esta última, de la que versó el coloquio, la conforman siete magistrados y un presidente de la Sala Quinta. Cuatro proceden de la carrera judicial y los otros cuatro del cuerpos judiciales militares, y a todos los elige el CGPJ.
Como desveló este magistrado togado, la delincuencia es "muy pequeña" en las Fuerzas Armadas, pero se ha producido un cambio en el tipo de hechos delictivos que antes suponían el mayor número de casos, como eran las ausencia o abandono del destino de residencia.
Mientras tanto se han mantenido en los últimos años, pese al aumento de los tipos penales con la reforma del Código Penal Militar ejecutada en 2015, aquellos actos contra la eficacia en el servicio o imprudencias que dan lugar a la muerte o lesiones graves durante el manejo de armamento, aeronaves, embarcaciones o vehículos, en su mayoría con condiciones extremas.
Los más recientes, detalló, fueron dos accidentes de aeronaves militares españoles y uno que dejó graves heridas a un legionario durante un ejercicio con fuego real en el que tuvieron la responsabilidad dos suboficiales.
El otro grupo en cuanto a mayor incidencia son las conductas ilícitas que implican abuso de autoridad o insulto al superior, lo que incluye desde las simples amenazas hasta la muerte o las lesiones graves a consecuencia del maltrato por parte de un superior a un subordinado, viceversa, o siendo del mismo grado en el organigrama castrense.
Pero también abusos sexuales, discriminación por razón de sexo, religión o raza, o que supongan un trato degradante, inhumano o humillante. Se produjeron en el último año, ejemplificó el magistrado Marín, tres agresiones sexuales dentro de escuelas militares, una circunstancia que consideró muestra de "los nuevos tiempos que corren y un aviso sobre ellos".
Uno de los casos más graves juzgados este año en la Sala Quinta del Supremo fue el de un sargento de la Guardia Civil que sometió psicológicamente a una subordinada "hasta tenerla a su disposición para satisfacer sus necesidades sexuales, en cualquier momento y lugar". Fue condenado a 19 años de prisión, "apreciando un delito continuado de agresión sexual en concurso con otros de lesiones psíquicas graves, trato inhumano y abuso de autoridad como maltrato de obra.
El resto de ilícitos por los que se suele condenar a soldados o mandos es, se extendió Marín, la falsificación de información sobre asuntos que afectan al servicio. Esto es la utilización de métodos para modificar el resultado de los análisis de las pruebas para la detención del consumo de drogas o la aportación de certificados académicos falsos de cara a un ascenso profesional en la carrera.
"La defensa no es solo cosa de militares", advirtió en la clausura del teniente general Ballenilla
Ante un enorme auditorio de estudiantes de los grados en Derecho y Relaciones Internacionales de la UNIE, profesionales del sector de la Defensa y juristas, el teniente general Miguel Ballenilla aprovechó como clausura de las jornadas para "quitar una idea de la cabeza" a los más jóvenes.
Que la defensa y la seguridad "es cosa solo de los militares" y, avisó a los estudiantes, que "los más jóvenes tienen que ver mucho", al igual que el resto de la sociedad, con luchar para que estén garantizadas.
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