Tribunales

Nueva denuncia para frenar el «pelotazo» en el cuartel de Loyola

Costas desbloqueó la compra a Defensa para levantar 1.700 viviendas al aceptar un deslinde inferior a la normativa

Instalaciones del cuartel de Loyola durante un acto festivo
Instalaciones del cuartel de Loyola durante un acto festivoEjercito de TierraLa Razón

Después de que la Dirección de Costas diera luz verde al Ayuntamiento de San Sebastián para mantener en 20 metros la zona de servidumbre desde la orilla del Urumea en la zona de los cuarteles de Loyola, sin incrementarla a los 100 metros que marca la normativa vigente, se despejó la operación de compraventa de los terrenos al Ministerio de Defensa. Aún queda por resolver un recurso contencioso-administrativo que presentó ante la Audiencia Nacional la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica para evitar que Defensa pierda un espacio en el que se prevé levantar hasta 1.700 viviendas. A este escollo se suma la denuncia de un ciudadano por prevaricación y delito urbanístico contra la directora general de Costas, Ana Oñoro, y el jefe del servicio provincial de Costas de Guipúzcoa, Tomás Alberto Martín del Campo.

Edificaciones

Según esta demanda, Oñoro firmó un documento, con fecha 6 de octubre de 2023, en el que declaró que «las fincas urbanas ubicadas en el barrio de Loyola», donde están las instalaciones militares «definidas por las fincas registrales 6281, 5898 y 5684, se encuentran fuera del dominio público marítimo-terrestre», terrenos exentos de la aplicación de las servidumbres contempladas en la Ley 28/1988, de 28 de julio, al tratarse de bienes afectos a la defensa nacional y, por lo tanto, con una servidumbre de protección, establecida, según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, con carácter general con una anchura de 100 metros, con las limitaciones indicadas en el artículo 25; especialmente en lo referente a la prohibición de edificaciones destinadas a residencia o habitación.

Ella misma estableció que «analizada la documentación urbanística aportada por el Ayuntamiento de San Sebastián, se considera que no justifica la reducción anchura de la servidumbre de protección a 20 metros» conforme a la legislación.

En este sentido, sendas asociaciones medioambientales manifestaron en las alegaciones en el procedimiento que esos cuarteles no eran suelo urbano en 1962, pues si lo fueran, el PGOU 62 tendría que haberlos clasificado como suelo urbano, si bien lo hizo como «reserva urbana».

Presiones políticas

En una resolución contradictoria con la anterior, la directora de Costas cambia su criterio, por presiones políticas, según el denunciante, y el 11 de febrero de 2025 aprobó «el establecimiento de una anchura de servidumbre de protección de 20 metros del deslinde aprobado [...]», según se define en los planos suscritos en febrero de 2024 por el jefe del Servicio Periférico de Costas en esa provincia, también denunciado.

Un certificado del Departamento de Ordenación del Territorio de la Diputación Foral de Guipúzcoa, de julio de 2024, «parte interesada en reducir la linde de 100 a 20 metros para poder construir masivamente», indica que «el denominado Polígono 47 de la zona de reserva urbana especial del Plan General de Donostia/San Sebastián de 1962, básicamente coincidente con el actual ámbito urbanístico de los cuarteles de Loyola del vigente Plan General de 2010, constituía a la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28 de julio de Costas, un suelo urbano de facto», figura urbanística que «no se ajusta a la legalidad, que es muy estricta al objeto de defender un urbanismo humano, inclusivo y racional».

Por su parte, con fecha 4 de diciembre de 2024, el Área de Planeamiento de la Subdirección General de Dominio público marítimo-terrestre emitió un informe donde se concluye «que los cuarteles han sido clasificados como suelo urbano y han mantenido su calificación como equipamiento comunitario», lo cual «contradice absolutamente lo alegado por la directora general de Costas».

«Evidentemente estamos ante un informe “ad-hoc” efectuado para encubrir los presuntos delitos mencionados que permitan calificar esos terrenos como urbanos y reducir la linde de seguridad de 100 a sólo 20 metros para poder llevar a cabo el pelotazo urbanístico, que es lo que busca la administración local y autonómica, y por lo que han apoyado al Gobierno actual que les ha cedido el cuartel».

Vivienda protegida

«Asimismo, se señala en las alegaciones que en aplicación de la Ley del Suelo de 1976, en el año 1988 sólo se puede considerar a los cuarteles de Loyola como suelo urbano si se contempla su uso militar, pero si se pretende destinarlos a uso residencial, esa misma legislación “reenvía a la clasificación de suelo urbanizable”. De manera adicional, se alegan motivos ligados al cumplimiento de los estándares de vivienda protegida de acuerdo a la legislación autonómica vigente y a motivos de seguridad, al localizarse el ámbito de los cuarteles en zona de inundabilidad en periodo de retorno de 500 años».

Es fundamental «considerar los motivos de seguridad por inundabilidad y más con lo sucedido con la DANA de Valencia el año pasado que provocó más de 200 muertos y eso a pesar de que la propia ministra de Defensa, Margarita Robles, afirmó que esos hechos sólo suceden cada 500 años, como queriendo justificarse».

En opinión del denunciante, «la vida de miles de personas correrían peligro si hubiera inundaciones en esas fincas, como habitualmente sucede».