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Justicia

Una sentencia agridulce para los 13 días de terror en la embajada española en Irak

La Justicia absuelve a un mando que ordenó a sus agentes vigilar un acto en la Embajada de España en Irak sin chaleco antibalas ni armas largas

Policías iraquíes revisan un vehículo en Bagdad, Irak larazon

Siete años han pasado de los 13 días de terror que se vivieron en la embajada española en Irak. Dos semanas en las que un mando policial discrepó con absolutamente todos los miembros de la delegación. Acabó cesado y denunciado por unos agentes. Ahora, la Justicia ha resuelto este caso y, aunque considera probados varios de los hechos que fueron objeto del análisis, ha desestimado la petición de los subordinados.

Esta historia se remonta al 2 de mayo de 2018 cuando un subinspector de la Policía Nacional tomó posesión como jefe de la Legación Diplomática de España en Irak. Su mandato fue breve pero estuvo marcado por las órdenes polémicas que tensaron más si cabe el ambiente en uno de los emplazamientos más peligrosos del planeta. El 15 de mayo fue relevado de su puesto.

Así, el objetivo de este mando era proteger los intereses españoles, al propio embajador y al resto de personal diplomático y de servicio. No obstante, la Embajada de Irak contaba con un plan de evacuación y emergencia que se había establecido el 26 de febrero de 2017, que era competencia del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Los hechos probados por la Justicia confirman que durante la celebración de un evento en la embajada, el 11 de mayo de 2018, este mando reforzó la vigilancia y ordenó a dos policías, que formaban parte del Grupo Especial de Operaciones (GEO), que vigilaran las puertas del lugar donde estaban los invitados, sin portar chalecos antibalas, prohibiendo expresamente su uso y sin armas largas. A dicho evento se encontraban invitadas alrededor de 130 personas.

Sus decisiones ya estaban siendo controvertidas porque días antes se había puesto en conocimiento del Área de coordinación internacional de Madrid de un hecho relevante. Y es que se procedió a realizar un servicio de protección dinámica durante un desplazamiento del embajador no estableciendo un tercer vehículo de reacción y posible evacuación. "Por unos instantes el vehículo VIP, estuvo en zona peligrosa abierto con personalidad aún interior y sin conductor", señala la sentencia.

Un correo del embajador

El malestar ya recorría todas la estancias de la embajada española y alcanzó su cénit cuando el representante de España en Irak envió un correo electrónico a otro mando policial en el que comunicaba: "las relaciones están rotas y que no creía que con el subinspector podrían recuperar el ambiente que tradicionalmente habían tenido en la Embajada con los policías".

Después de estos acontecimientos, el subinspector y sus subordinados regresaron a nuestro país y protagonizaron un cruce de denuncias. Esto provocó que se abrieran expedientes disciplinarios que acabaron archivándose un año después en 2019.

Fotografía de archivo de vehiculos blindados de las unidades del ejercito español en “Base España” en Diwaniya, al sur de Iraklarazon

Los policías acudieron a los tribunales y una sentencia de la Sección 7ª del TSJ de Madrid obligó a la Administración al "desarrollo de la actividad de investigación y comprobación de los hechos denunciados". Los demandantes señalaron al mando pero también a la División de Cooperación Internacional (DCI) por no adoptar mediada alguna para resolver el problema y contra la Unidad de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional. El caso finalmente quedó sobreseído.

Sin embargo, aún quedaba un frente abierto por este asunto en el Juzgado de lo Social número 30 de Madrid. Los policías formularon un escrito de aclaración que señala que la Dirección General de la Policía, en 2018, tuvo conocimiento de ciertos indicios de un posible caso de acoso y de unos padecimientos psicológicos y no se adoptaron con la suficiente diligencia las medidas de prevención, eludiendo las normas de cuidado y prevención de la salud en el trabajo de los actores.

Esta sentencia, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, deja un sabor agridulce a los demandante porque por un lado en los hechos probados se atestigua los 13 días de terror que vivieron pero absuelven al mando y a la Administración. "No ha quedado acreditado de modo alguno que la Dirección General de la Policía incurriera en dejación alguna en el cumplimiento de su obligación de prevención de riesgo laboral", explica el documento judicial.

"Las decisiones de uso o no de chaleco antibalas por los agentes encargados de la vigilancia del interior de una fiesta, o un posible error en la ejecución de un desplazamiento o la decisión de trasladar a un civil en un vehículo de seguridad, no son decisiones que afecte a la normativa de prevención de riesgo laboral, sino decisiones de dirección de un equipo de vigilancia, que forma parte de la facultad de dirigir, que el subinspector tenía, cuando ocurrieron los hechos denunciados, que pueden ser más o menos acertadas. Hechos que por otro lado no han quedado acreditado que ocurrieran tal y como los describen los demandantes", señala la juez.

Seguir luchando

En este sentido, la magistrada recuerda el sobreseimiento que se produjo del caso en la Audiencia Nacional, tras la profusa investigación efectuada, que concluye que no se acreditó infracción alguna de la normativa de seguridad y no se produjo riesgo alguno, superior al que tiene la propia embajada por su lugar de ubicación. "No se ha acreditado infracción de la normativa de prevención de riesgo laboral por la entidad demandada", sugiere.

A pesar de esta derrota judicial, los agentes piensan seguir luchando en busca de la verdad. Su abogado, Francisco Martínez, presentó un recurso de suplicación para su elevación ante la Sala de los Social del TSJM. En el texto solicita la adición de nuevos hechos probados,

"La sentencia se limita a valorar los hechos ocurridos en Irak y prescinde absolutamente de cualquier valoración sobre la inexistente omisión de la prevención de riesgos laborales de naturaleza psicosocial, cuestión a la que, sencillamente, no dedica un solo razonamiento", argumenta el recurso. Este será prácticamente el "penúltimo" intento para buscar una resolución favorable sobre las dos semanas de terror en la embajada.