Tribunales
El Supremo condena a García Ortiz a dos años de inhabilitación por revelación de secretos
El fallo cuenta con los votos particulares de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo. Esta última deja la ponencia en manos del presidente de la Sala, Martínez Arrieta
El Tribunal Supremo ha condenado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a dos años de inhabilitación para el cargo por un delito de revelación de secretos y a una multa de 7.200 euros. Además, se le impone el pago de las costas procesales del juicio y una indemnización de 10.000 euros al empresario Alberto González Amador en concepto de responsabilidad civil.
El alto tribunal así lo notifica en una providencia, a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, en la que únicamente informa del sentido del fallo, toda vez que la sentencia está pendiente de redacción. La deliberación se ha saldado con cinco votos a favor de la condena frente a dos. Se trata de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo, que han anunciado voto particular contra el criterio mayoritario. Además, Susana Polo ha renunciado a la redacción de la ponencia, la cual ha recaído en el presidente de la Sala Segunda, Andrés Martínez Arrieta.
"Debemos condenar y condenamos a D. Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, como autor de un delito de revelación de datos reservados, artículo 417.1 del Código Penal, a la pena de multa 12 meses con una cuota diaria de 20 euros e inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado por tiempo de 2 años, y al pago de las costas procesales correspondientes, incluyendo las de la acusación particular. Como responsabilidad civil, se declara que el condenado deberá indemnizar a D. Alberto González Amador a 10.000 euros por daños morales", reza el fallo adelantado a las partes.
El artículo 417.1 del Código Penal determina que la autoridad o funcionario que revelare secretos de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados, incurrirá en la pena de multa de doce a dieciocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.
El fallo se conoce una semana después de que terminara la vista oral que ha acogido el Tribunal Supremo contra García Ortiz. Se trató de un juicio histórico dado que es la primera vez que se sentó en el banquillo de los acusados un fiscal general del Estado en activo. Durante las seis jornadas de juicio declararon 40 testigos y el investigado, que negó haber filtrado el correo del abogado de González Amador en el que se reconocía la comisión de dos delitos fiscales.
La Fiscalía y la Abogacía del Estado -esta última en representación del fiscal general- solicitaron su absolución al considerar que no había ninguna prueba que acreditara su culpabilidad en los hechos. Las acusaciones, por su parte, concluyeron en la última jornada del juicio que los indicios quedaban reforzados. La defensa de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, en su condición de acusación particular, concluyó que había filtrado el correo del 2 de febrero con una finalidad política.
Como acusaciones populares litigaron el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), Manos Limpias, APIF, Foro Libertad y Alternativa, Vox y Hazte Oír. Todas ellas solicitaron entre tres y seis años de prisión por delito de revelación de secretos, aunque algunas sumaron también infidelidad en la custodia de documentos y prevaricación.
Ahora el fiscal general puede recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo, antes de abrir esta vía tendría que interponer incidente de nulidad ante el alto tribunal para solicitar la anulación de la condena. Tras la respuesta del alto tribunal, y en caso de que fuera negativa y confirmatoria de la sentencia, entonces podría abrir la vía del amparo ante el Constitucional que preside Cándido Conde-Pumpido.