Polémica
El TC también anula la condena al exconsejero andaluz de Empleo Antonio Fernández por el fraude de los ERE
La mayoría progresista determina que la Audiencia de Sevilla y el Supremo vulneraron la legalidad penal
El Tribunal Constitucional (TC) sigue desinflando las condenas por el fraude de los ERE. Ahora le ha tocado el turno al exconsejero andaluz de Empleo Antonio Fernández -condenado a siete años y once meses de prisión por delitos de prevaricación y malversación. Con el respaldo de la mayoría progresista y el voto en contra de los cuatro magistrados conservadores, el Pleno ha estimado parcialmente el recurso de amparo interpuesto por el ex alto cargo contra las sentencias de la Audiencia Provincial de Sevilla y de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que además le condenaron a 19 años y seis meses de inhabilitación absoluta.
El TC considera que se vulneró su derecho a la legalidad penal, pero rechaza que se hayan lesionado sus derechos a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva. El Pleno ordena a la Audiencia de Sevilla dictar un nuevo fallo.
Antonio Fernández fue condenado porque, como viceconsejero y consejero de Empleo, participó en la tramitación de los anteproyectos de presupuestos de 2002 a 2009 y en las modificaciones presupuestarias de los años 2002, 2005, 2006, 2007 y 2008, realizando una contribución necesaria para que las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis -cuyo reparto elevó el fraude a más de 680 millones de euros- pudieran gestionarse obviando el régimen jurídico de las subvenciones.
Pero la ponencia de la magistrada progresista Inmaculada Montalbán, vicepresidenta del tribunal, que ha sido aprobada por el Pleno incide -tal y como adelantó LA RAZÓN- en que tanto la Audiencia de Sevilla como el Tribunal Supremo vulneraron la legalidad penal al realizar "un control jurídico del contenido de los actos de iniciativa legislativa del Gobierno que les estaba constitucionalmente vedado". De ahí que considere que "nadie puede esperar razonablemente que será penalmente condenado por la ilegalidad de un acto cuyo contenido no es susceptible de ser fiscalizado por la jurisdicción penal".
El borrador de sentencia señala que esas iniciativas legislativas "carecen de cualquier eficacia jurídica" hasta que no son aprobadas por el Parlamento y adquieren rango de ley, por lo que hasta entonces no pueden constituir "la fuente de actos de disposición ilícita de caudales públicos a efectos de condenar por delito de malversación".
Estos argumentos beneficiarán también al expresidente andaluz José Antonio Griñán, condenado a seis años de prisión por prevaricación y malversación y a quien la Audiencia de Sevilla suspendió durante cinco años la ejecución de su condena debido al cáncer que padece. El TC resolverá su recurso en el Pleno del próximo día 16.
La posición de la corte de garantías es que la malversación por la que fue condenado el exconsejero de Empleo solo puede alcanzar a las modificaciones presupuestarias de los años 2000 y 2001 y a la "concesión de ayudas sociolaborales con los créditos previstos en aquellas, y a la disposición de fondos en el programa 3.1 L "en ausencia o con desviación de su fin público".
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