Coslada
La Audiencia Provincial de Madrid ratifica la absolución de Ginés Jiménez por el “caso Coslada”
El Supremo ordenó en febrero que revisaran la sentencia absolutoria teniendo en cuenta dos autos que fueron declarados nulos
La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado hoy la sentencia absolutoria que ya emitió en mayo de 2018 para Ginés Jiménez, ex jefe de la Policía Local de Coslada por el llamado “caso Bloque” o “caso Coslada”. El presidente de la Sección 17 de este órgano judicial, José Luis Sánchez Trujillano , ha notificado hoy esta medida a las partes después de que el pasado mes de febrero el Tribunal Supremo ordenara dictar una nueva sentencia teniendo en cuenta dos autos que fueron declarados nulos. Se trata del auto de entrada y registro en el domicilio y el despacho del policía y las intervenciones telefónicas. El tribunal, sin embargo, no aprecia en estas pruebas nada que les haga cambiar de parecer respecto a la absolución del procesado, según recogen en la nueva sentencia, de 93 folios.
Tras una década de instrucción, después de haber sido imputados hasta 40 personas (en 2008 se detuvieron a 26 policías locales), finalmente solo 12 fueron a juicio. La Fiscalía pedía para Ginés Jiménez Buendía, presunto cabecilla de la trama, 23 años de prisión por extorsión, amenazas, cohecho, depósito y tenencia ilícita de armas y blanqueo. Ninguno de los delitos pudieron ser probados durante el juicio oral. Tras la primera absolución, la Fiscalía a pesar de pedir unas penas tan elevadas por delitos tan graves, no quiso recurrir el fallo. Sí lo hizo en casación el Ayuntamiento de Coslada. El ex jefe de Policía de la localidad, ya avanzó a este diario que este recurso solo retrasaría la firmeza de la resolución judicial.
Los dos autos a valorar
Ahora, la misma sección ha dictado sentencia teniendo en cuenta dos autos: el de entrada y registro de su domicilio y su despacho, y el de intervención de las llamadas telefónicas. La sentencia asegura que “el contenido de las intervenciones telefónicas que se nos ha ordenado valorar no sólo no desvirtúa las conclusiones probatorias que alcanzamos en su día y más arriba hemos reproducido valorando la prueba practicada en el plenario, sino que las corrobora”.
Contra la sentencia notificada hoy cabe interponer recurso de casación, si bien la defensa de Jiménez, desarrollada todos estos años por el letrado Oskar Zein, considera que “hay que tener en esta sentencia es el resultado precisamente de un recurso de casación ya interpuesto”.
12 años de “calvario”
Estos meses en los que la Audiencia ha tenido que revisar el asunto han sido para el ex jefe de policía un “calvario” ya que hay que sumarle otros 12 años de espera para un procedimiento judicial que comenzó el 8 de mayo de 2008. “Han pasado 12 años de instrucción con la maquinaria policial y judicial en marcha”, asegura Jiménez. Y es que la causa fue en su inicio “la mayor redada policial de España” y llegó a tener un total de 40 investigados, 26 de ellos policías locales, 24 de Coslada y los otros dos de Arganda del Rey y Loeches. Jiménez critica ahora la operación desarrollada por el Grupo 16 de la UDYCO de la Brigada Provincial de Policía Judicial de Madrid en el año 2008 “en medio de un desproporcionado despliegue policial y mediático”. Finalmente, a lo largo del proceso de instrucción, dirigido por el Juzgado de Instrucción nº 21 de Madrid, los imputados fueron “cayendo” de la causa y finalmente solo 12 llegaron al juicio oral. Todos fueron absueltos. Además de a Ginés Jiménez Buendía, los magistrados también absolvieron a los otros ocho procesados, encausados por otros varios delitos, de prostitución (Catalín A.), omisión del deber de perseguir delitos y cohecho (Carlos M. G.), cohecho, (Felipe G. L., Mario F. N., Antonio C. Ch., Fernando J. M. y Antonio José C. Á.) y blanqueo de capitales (Carmen P. M. y Ginés J. P., esposa e hijo del jefe policial, respectivamente).
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