Medidas anticovid
Llega a Madrid desde Pekín el primer avión cuyos ocupantes deberán pasar control en Barajas
Una revisión documental, visual y de temperatura, y la realización de una prueba diagnóstica de infección activa por SARS-CoV-2
La Terminal 1 del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas acaba de recibir pasadas las siete y media de la tarde el primer vuelo procedente de China, en concreto de Pekín, tras la entrada en vigor de la resolución por la que se establecen medidas de vigilancia y control sanitario a viajeros procedentes de este país. Así, estos viajeros que han aterrizado en nuestro país se han sometido a un control que ha consistido en una revisión documental, visual y de temperatura y en la realización de una prueba diagnóstica de infección activa por SARS-CoV-2. En caso de que esta última prueba arrojara un resultado positivo, los equipos de Sanidad Exterior, en coordinación con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a través de AENA, activarán los protocolos de comunicación y coordinación establecidos con los servicios sanitarios de las comunidades autónomas.
El Gobierno adoptaba esta medida con carácter urgente ante la elevada transmisión del coronavirus en el país oriental. Así, esta mañana, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba dicha resolución a los vuelos con origen en China. En ella, el Ministerio de Sanidad hace constar “el importante deterioro de la situación epidemiológica con respecto al COVID-19 en la República Popular China”. Circunstancia que “se ve agravada por la falta de transparencia y de información epidemiológica por parte de las autoridades chinas”. Esta situación coincide, además, con la eliminación de las restricciones de viaje en este país a partir del día 8 de enero de 2023 y la celebración de su año nuevo el 22 de enero. Los controles estarán en vigor, inicialmente, hasta las 24.00 horas del día 15 de febrero de 2023.
Pese a que la Comisión Europa no ha propuesto ningún protocolo específico para los viajeros que provengan de China, España se suma a la lista de países – entre los que están Italia, India, Taiwán, Corea del Sur, Malasia, Japón o Estados Unidos- que mantendrán una vigilancia estrecha a los viajeros procedentes del país asiático.
Sanidad ha explicado que la resolución publicada este sábado también prevé la exigencia de un Certificado COVID Digital de la UE (CCD-UE) o equivalente a todos los pasajeros de vuelos procedentes de China desde el próximo 3 de enero. En el caso de los certificados de vacunación, se admitirán las pautas vacunales establecidas en la estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España.
Respecto a las pruebas diagnósticas negativas, en España se aceptarán las pruebas de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 72 horas anteriores a la salida; y los test de detección de antígenos incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígenos para COVID-19, acordada por el Comité de Seguridad Sanitaria de la Unión Europea, cuya muestra haya sido obtenida dentro de las 24 horas anteriores a la salida.
En el caso de un certificado de recuperación, se aceptarán como válidos los expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT o test de detección de antígeno con resultado positivo, realizada por profesionales sanitarios o personal cualificado. El certificado tendrá una validez de 180 días después de la fecha del primer resultado positivo de prueba diagnóstica.
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