Corrupción en Andalucía

Un empresario acusa a la Fiscalía de haberle aplicado un «tratamiento penológico» desigual y «desproporcionado» en una pieza de Invercaria

Pidió para él 14 años y medio de prisión más 36 años de inhabilitación

El instructor de la "macrocausa" que gira en torno a de Invercaria, Juan Gutiérrez Casillas
El instructor de la "macrocausa" que gira en torno a de Invercaria, Juan Gutiérrez Casillaslarazon

La suma de referencias ha llevado a uno de los empresarios acusados en la pieza centrada en la sociedad mercantil FIVA, uno de los desgajos de la «macrocausa» que gira en torno a la empresa pública de la Junta Invercaria, a mover ficha y formular una ampliación del escrito de calificación provisional que ya presentó en 2017. La representación procesal de Francisco José Barrionuevo ha trasladado al juzgado instructor, el número 16 de Sevilla, que a partir de conocer lo hecho por la Fiscalía en otros bloques del «macroproceso» han apreciado la existencia de «un tratamiento penológico desigual y desproporcionado» con respecto a lo sucedido en la FIVA.

Centrando el foco en su representado, en un escrito al que accedió LA RAZÓN, advierten al órgano judicial de que la pretensión de penas del Ministerio Público respecto a Barrionuevo de 14 años y medio de prisión «carece de sentido y lógica jurídica en sí misma, siendo del todo improcedente», a su juicio, dado que «se le aplica el marco punitivo que corresponde a la cualidad de autor de unos delitos especiales –prevaricación y malversación de caudales públicos–, cuando no reúne las condiciones personales exigidas por los referidos tipos penales». Afirma que ello no sucede en los otros bloques de la «macrocausa», en los que «sí aplica las circunstancias atenuantes» para los empresarios, «en su condición de ‘extraneus’ –inductor o cooperador necesario–, además de contemplar la continuidad delictiva». Desde ahí, asevera que, la pena que se pide para el empresario es «hipergravada y desproporcionada», no es «ajustada a Derecho» y sí «contraria a los más elementales criterios de igualdad ante la ley». Esto supone para el señalado un «importante daño reputacional que lleva aparejado, además del agravio comparativo con respecto a los empresarios que tienen la condición de ‘extraneus’ en las restantes piezas», la «vulneración del principio de igualdad». Cree, en definitiva que la solicitud de 14 años y seis meses de cárcel y 36 años de inhabilitación supone una vulneración de los principios de «proporcionalidad», «igualdad procesal» y de «seguridad jurídica», más una quiebra del «derecho fundamental al principio de legalidad en materia penal y sancionadora». Por último, avisa al juzgado de que la acusación que ejerce el PP ha cometido un «error considerable» al colocar a Barrionuevo como «miembro del Consejo de Administración» de Invercaria.