Tribunales

El juez rechaza el recurso de la familia de Marta contra el carpetazo a la investigación al hermano de Carcaño

Apunta a “la falta de trascendencia de los datos nuevos aportados” y recuerda que “ya existe una sentencia”

Los padres de Marta del Castillo
Los padres de Marta del CastilloRaúl CaroAgencia EFE

“No ha lugar a la reforma del auto recurrido”. El titular del juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla, Álvaro Martín, rechaza el recurso de la familia de Marta del Castillo contra el cierre de la investigación al hermano de Carcaño en base a las últimas acusaciones del asesino confeso en las que aseguraba que fue Francisco Javier Delgado quien mató a la joven tras una discusión familiar por la hipoteca del piso de León XIII. Contra esta decisión, cabe recurso de apelación.

En el auto, con fecha 14 de mayo, al que accedió LA RAZÓN, el juez argumenta que “no es que el auto recurrido adelante una sentencia, es que sobre los hechos que nos ocupan ya existe una sentencia, que queda amparada por el valor de cosa juzgada y sólo por medios extraordinarios cabe mutar lo que en ella se ha establecido, tanto como hechos acreditados, como como personas penalmente responsables”.

“Una vez practicada las actuaciones policiales para la comprobación de lo interesado se concluyó con la existencia de un nuevo dato objetivo cual es que el 2 de junio de 2008 Miguel Carcaño y su hermano Francisco Javier Delgado suscribieron un préstamo hipotecario, que les era imposible afrontar, de modo que contrataron un segundo préstamo, éste con la entidad BBVA, con el fin de cancelar el anterior, para cuya obtención se presentó una documentación falsa”, relata el magistrado. “Tras estas maniobras, el inmueble ya hipotecado quedó a nombre de Miguel, que carecía de capacidad para hacer frente a la obligación crediticia contraída, así como que, probablemente, recibió una pequeña cantidad del total del dinero solicitado a crédito. Sólo este elemento objetivo se aporta y su alcance penal es bien exiguo, pues la contingencia de una pelea entre los hermanos ya era tenida en cuenta en el auto de 26 de junio de 2013 y, como se establecía en el auto de reapertura, este dato habría de tenerse presente”, explica.

El magistrado señala que la resolución de la familia de Marta remite “a lo ya expuesto, sin que se precisen nuevos elementos, por más que la parte quiera entender que ello no es conforme a derecho”.

“La realidad es que no hay elementos suficientes para pretender una reapertura de la causa ni contra Francisco Javier D., al que parecía dirigirse en origen la petición de reapertura, ni de manera genérica, como parece resultar del cúmulo de pruebas que se vienen a solicitar”, subraya.

En segundo término, el magistrado recuerda que el asesinato de Marta del Castillo “se encuentra con sentencia firme y sólo la presentación de datos objetivos nuevos, que aporten líneas no descartadas en el anterior procedimiento o que revelen evidencias trascendentes, puede permitir una nueva investigación como la que ahora se intenta”. “Tampoco existe base para reabrir la instrucción de un asunto ya sentenciado”, indica, apuntando a “la falta de trascendencia de los datos nuevos aportados”.