Cultura

Cómo acceder a las ayudas para la producción de cortometrajes en Andalucía

El importe máximo para cortos de animación será de 30.000 euros y de 20.000 euros para el resto

Rodaje de uno de los cortos que han participado en el concurso Mairena Film Festival, en la provincia de Sevilla. AYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJA 08/05/2023
Rodaje de uno de los cortos que han participado en el concurso Mairena Film Festival, en la provincia de SevillaAYUNTAMIENTO DE MAIRENA DEL ALJAEuropa Press

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) N.º 85 del 8 mayo de 2023, ha convocado las subvenciones públicas para la producción de cortometrajes en Andalucía de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, a través de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por valor de 85.000 euros. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOJA.

Los beneficiarios de estas subvenciones podrán ser personas físicas y jurídicas productoras que sean de carácter independiente de conformidad con los dispuesto en el artículo 4. n) de la ley 55/2007, de 28 de diciembre; al igual que la agrupación de interés económico cuyo objeto social sea la realización de actividades de producción cinematográfica.

En esta convocatoria el importe máximo para cortometrajes de animación será de 30.000 euros, y de 20.000 euros para el resto de cortometrajes, siempre que dicha cantidad no supere el 60% del presupuesto del cortometraje.

Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se presentarán conforme a los modelos contenidos como Anexo I que se publican conjuntamente con la presente resolución. La presentación de las solicitudes cuando sean personas jurídicas será exclusivamente por medios telemáticos a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEA), siendo la dirección electrónica de envío https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC, y cuando sean personas físicas, este medio de presentación telemático será preferente, sin perjuicio de hacerlo a través de los restantes referidos en el artículo 11 de la Orden de 19 de mayo de 2017.

Los beneficiarios deberán justificar el cumplimiento del proyecto para el que se concedió la subvención así como la aplicación de los fondos recibidos en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo establecido para su ejecución.

Esta subvención forma parte del paquete de ayudas que la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico destina al sector cultural andaluz entre las que figuran la compra de lotes bibliográficos con destino a las bibliotecas municipales, para las artes escénicas, música, flamenco, cine y artes visuales.