Deporte

La temporada de pesca en aguas trucheras empieza el 20 de marzo en Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid

En el resto de las provincias será una semana más tarde y finalizará el 31 de julio

Este año se establecen medidas de gestión para el control de especies exóticas invasoras
Este año se establecen medidas de gestión para el control de especies exóticas invasorasIcal

La temporada de pesca en aguas trucheras de acceso libre se iniciará el 20 de marzo en las provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid y una semana más tarde, el día 27, en Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora. En todas finaliza el 31 de julio. Mientras, se mantiene la posibilidad de practicar la pesca todos los días del año en aguas no trucheras, al igual que en pasadas campañas.

Así lo establece la orden de pesca para 2021 que publica hoy el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) y que determina las especies que podrán ser objeto de pesca, así como la gestión de especies no pescables y exóticas invasoras.

Así, se declaran como pescables la trucha común, el hucho o salmón del Danubio, barbo común, barbo de Graells, barbo colirrojo, boga del Duero, boga de río, madrilla, bordallo, cacho, carpín, gobio, tenca y piscardo.

La orden mantiene la simplificación de años anteriores y establece medidas de gestión de pesca para el control de especies exóticas invasoras, para las que no se contempla talla mínima, cupo de capturas ni se permite la devolución a las aguas de los ejemplares de especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, con la excepción de la carpa y del black-bass, que sí podrán ser reintroducidas si así lo desea el pescador.

En el caso del cangrejo rojo y del señal, la orden permite su pesca sin cupo ni talla entre los meses de junio a diciembre, ajustándose a los días previstos en los planes de pesca de los cotos, aguas de régimen especial controlado (AREC), que principalmente se da en embalses, y escenarios deportivos-sociales, y todos los días de estos meses en las aguas de acceso libre. En este sentido desde que se publicó la ORDEN FYM/499/2019, de 17 de mayo, queda autorizada la posesión y el transporte de ejemplares vivos de ambos tipos de cangrejo que hubieran sido pescados en las masas de agua contenidas en estas órdenes.

Devolución de ejemplares

Al igual que durante la pasada temporada de pesca la orden establece que en las aguas no trucheras el usuario deberá devolver cualquier captura de trucha, por motivos de protección de las poblaciones residuales o potencialmente colonizadores de aguas donde su presencia es más bien anecdótica, pero “muy interesante desde un punto de vista ambiental”. Además, y atendiendo a la singularidad temporal de los movimientos prerreproductores primaverales de los ciprínidos ibéricos (barbos, bogas, bordallo, cacho y madrilla) la orden contempla que durante los meses de mayo y junio los peces de estas especies deberán ser devueltos a las aguas.

Por otra parte, se regula el régimen ante situaciones de carácter excepcional motivadas por circunstancias sobrevenidas. Finalmente, la orden contempla una disposición adicional, al objeto de concretar el régimen de acceso a permisos en los cotos de pesca y a los pases de control en las aguas en régimen especial controlado (AREC).

En el caso de los permisos reservados a empresas turísticas el procedimiento y condiciones son definidos en una Resolución de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal por la que se establece la convocatoria para participar en el procedimiento de elección y adjudicación de los permisos de pesca reservados a empresas turísticas.

Mientras en la disposición final primera se establece el número máximo de pases de control que puede disfrutar un pescador por temporada en los escenarios deportivos sociales de Ponferrada, Santa Marina del Rey y Villanueva del Carrizo, en la provincia de León, una vez comprobada la alta demanda de estas masas de agua, y con el objeto de garantizar la igualdad de oportunidades entre sus potenciales usuarios.