Guía
El Banco de España avisa: esta es la información que le debe dar el notario al firmar su hipoteca
El organismo detalla las tareas que asume este actor cuya presencia es obligatoria para firmar un préstamo hipotecario
La mayoría de las personas que compran una vivienda necesitan pedir financiación para afrontar este importante desembolso. Tras comparar ofertas y condiciones en diferentes bancos llega el momento de firmar la hipoteca, un trámite que le convertirá por fin en propietario, pero para culminar este proceso hay un actor imprescindible le guiará durante el camino: el notario. Pero, ¿cómo y quién lo elige y qué servicios debe prestar? El Banco de España despeja estas dudas a través de su portal del Cliente Bancario.
Desde la entrada en vigor de Ley 5/2019 de contratos de crédito, el cliente tiene libertad para elegir a su notario. Por lo tanto, la entidad bancaria no podrá imponer al cliente que seleccione a determinado profesional.
El notario, que dará fe y autorizará la escritura de la hipoteca, está obligado por ley a ofrecer una información exhaustiva de la hipoteca constituida. Entre sus tareas, el notario debe:
-Verificar la entrega de la documentación exigida en los plazos establecidos, como la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de advertencias Estandarizadas (FiAE).
-Responder a las cuestiones planteadas por el prestatario y, en todo caso, prestar asesoramiento personalizado sobre la documentación que le ha sido facilitada por parte de la entidad.
-Realizar un examen o test al cliente sobre la documentación entregada y la información suministrada, un requisito legal destinado a mejorar la transparencia durante la firma de la hipoteca y a aumentar la protección del cliente.
-Finalmente, extenderá un acta en la que se recogerán los detalles del asesoramiento brindado y en la que se destacará que el prestatario ha comprendido y aceptado la documentación sobre la hipoteca que el banco ha entregado. Sin esta acta, no habrá escritura.
Este asesoramiento personalizado del notario, derivado de la ley hipotecaria, es obligatorio y gratuito, por ello, no podrá sumarse a la minuta establecida por la constitución de la hipoteca.
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