Aerolíneas

¿La borrasca Ciarán ha cancelado su vuelo? Estos son los derechos que puede reclamar

La cancelación de vuelos ha afectado a los aeropuertos de Madrid, Bilbao, Asturias, Vigo, Almería, La Coruña y Santander

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Un avión despegalarazon

La borrasca Ciarán está dejando tras de sí un temporal en nuestro país con fuertes lluvias, oleaje y rachas de viento de hasta 165 kilómetros por hora. Esta ciclogénesis explosiva que estalló en España el miércoles está teniendo consecuencias en el transporte, ya que Renfe se ha visto obligado a cancelar e interrumpir el servicio entre algunas estaciones e incluso ha provocado la cancelación de 18 vuelos en los aeropuertos de Madrid, Bilbao, Asturias, Vigo, La Coruña y Santander. En el caso de Almería, los avisos naranja por rachas de hasta 90 kilómetros por hora han supuesto la cancelación de ocho vuelos en las últimas horas.

Por tanto, no es de extrañar que hayan sido muchos los viajeros los que se hayan visto atrapados en los aeropuertos tras la cancelación de sus vuelos debido a los fuertes vientos que están azotando la Península. Aquellos que se han visto afectados por este contratiempo no han recibido informaron suficiente por parte de las compañías aéreas sobre sus derechos ni tampoco les han dado ninguna solución o alternativa al problema, tal y como explican desde la asociación Facua. Tanto es así, que algunos de ellos han estado "horas" haciendo colas ante los mostradores de las aerolíneas sin ser atendidos o informados.

La asociación recuerda que las aerolíneas están obligadas a informar a los pasajeros sobre los derechos que tienen en caso de una problemática de este tipo. "El transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo que deniegue el embarque o cancele un vuelo deberá proporcionar a cada uno de los pasajeros afectados un impreso en el que se indiquen las normas en materia de compensación y asistencia con arreglo al presente Reglamento", tal y como establece el artículo 14 del Reglamento Europeo 261/2004. Asimismo, también deberá garantizar que dicha información aparezca en el mostrador de facturación.

Los pasajeros afectados denuncian que esta obligación no se está cumpliendo. Por ello, la asociación critica que "la falta de inspecciones a las aerolíneas por parte del Ministerio de Transporte facilita que las compañías se salten estas obligaciones, permitiéndose no dar asistencia a los usuarios y minimizar el personal destinado a información, al no estar recibiendo sanciones contundentes por parte de la Administración por no cumplir con lo que dispone la normativa europea".

Derecho a reembolso

Además, en el caso de cancelación de un vuelo, los viajeros siempre tendrán derecho al reembolso integro del billete "en siete días", o bien a un transporte alternativo hasta el destino final, ya sea "lo más rápidamente posible" o en "una fecha posterior que convenga al pasajero", tal y como establece el artículo 8 de la vigente normativa.

En el caso de que la cancelación ocurriese próxima al horario de salida del vuelo o el retraso fuera de larga duración, la asociación recuerda que el artículo 9 de la normativa europea obliga a las aerolíneas a ofrecer a los usuarios afectados "comida y refrescos suficientes", alojamiento en un hotel si fuera necesario y traslado desde el aeropuerto hasta el lugar de alojamiento. Además, también se le ofrecerán a los viajeros de forma gratuita "dos llamadas telefónicas o correos electrónicos", así como el derecho de información señalado anteriormente.