IRPF

Los mutualistas ya pueden pedir la devolución del IRPF pagado de más

Los posibles beneficiarios pueden cumplimentar desde este miércoles un formulario en la web de la Agencia Tributaria y así gestionar sus solicitudes sin tener que aportar información adicional. Podrán recuperar la cuantía tributada de más entre 2019 y 2023

Varios empleados trabajan en una oficina de la Agencia Tributaria un día antes de que dé comienzo el inicio por internet de la Campaña de la Renta.
Varios empleados trabajan en una oficina de la Agencia TributariaMarta Fernández JaraEuropa Press

Los pensionistas de las antiguas mutualidades pueden pedir desde este miércoles las devoluciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que les pertenecen en base a lo establecido en las sentencias del Tribunal Supremo.

Tal y como recoge la propia Agencia Tributaria en su portal online, los posibles beneficiarios de la medida pueden cumplimentar un formulario en la misma web, de manera que puedan gestionar sus solicitudes sin tener que aportar ningún tipo de información adicional.

Así, dichos pensionistas de las mutualidades podrán recuperar la cuantía pagada de más en el IRPF durante el periodo comprendido entre los años 2019 y 2023. Aunque respecto al pasado año, en la mayoría de los casos, el cálculo ya aparecerá en Renta Web, de modo que el ajuste será aplicado de manera directa en la declaración de la Renta, que se puede presentar a partir del 3 de abril.

Igualmente, tal y como dictaminó el Tribunal Supremo, aquellos jubilados que reciben pensiones de jubilación o invalidez procedentes de las antiguas mutualidades pueden reducir sus rendimientos del trabajo en la declaración de la Renta. De este modo, se evitaría una doble tributación cuando las aportaciones a las mutualidades no se pudieron deducir en su momento.

Esta medida viene después de que una sentencia del Tribunal Supremo diera la razón a un jubilado del sector bancario. En concreto, lo que este hombre solicitaba era que la parte de su pensión que estaba vinculada a las aportaciones que realizó a la Mutualidad Laboral de Banca entre los años 1969 y 1979, no tributase en las declaraciones del IRPF.