Polémica

El Gobierno aprovechará el “caso de Pablo Hasel” para reformar el delito de injurias a la Corona

Justicia planteará una revisión de los delitos relacionados con excesos en el ejercicio de la libertad de expresión

El Tribunal Supremo confirmó el pasado mes de junio la condena a nueve meses de prisión impuesta por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional al rapero Pablo Hasel por delitos de enaltecimiento del terrorismo (es reincidente) e injurias y calumnias a la Corona y a las Fuerzas de Seguridad del Estado. Hasel fue condenado por publicar en su perfil en redes sociales hasta 64 tuits donde adjuntaba vídeos que incitaban a la violencia y vejaban a la Corona, a la Policía y a la Guardia Civil. El pasado 28 de enero, la Audiencia Nacional le envió un requerimiento en el que le daba 10 días para entrar en prisión y hoy el Gobierno maniobra para que en el futuro situaciones como ésta no vuelvan a producirse.

De forma casi inmediata, se conocía que el Ministerio de Justicia planteará una revisión de los delitos relacionados con excesos en el ejercicio de la libertad de expresión para que “sólo se castiguen conductas que supongan claramente la creación de un riesgo para el orden público o la provocación de algún tipo de conducta violenta, con penas disuasorias, pero no privativas de libertad”, han informado fuentes gubernamentales.

Con esta propuesta, Justicia promoverá que aquellos “excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales, debieran permanecer al margen del castigo penal”. Entienden en el Gobierno de coalición que “el derecho penal ni es la herramienta más útil, ni es necesaria, ni es desde luego proporcionada para responder a comportamientos que, aun pudiendo rozar la ilicitud, su castigo penal supondría un desaliento para la libertad de expresión, tal y como han declarado el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Unión europea y la mayor parte de la doctrina española”, según señalan las citadas fuentes.

Enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas

Así, la reforma afectaría a los delitos más controvertidos comprendidos en lo que comúnmente se denominan “delitos de expresión”, y, en concreto, al delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas, al delito de odio, los delitos de injurias a la Corona y a otras instituciones y los relacionados contra los sentimientos religiosos, según informaron fuentes del Ministerio de Justicia.

La reforma está justificada para el Departamento que dirige Juan Carlos Campo, porque estos tipos penales adolecen de una “cierta indefinición del bien jurídico protegido”, así como por la amplitud de la conducta típica descrita en la norma, lo que genera inseguridad; y, en tercer lugar, por la “difícil” difícil delimitación entre ejercicio del derecho fundamental y la conducta delictiva, que precisa de una interpretación restrictiva.

Todas estas cuestiones son exigencias de precisión y restricción de estos delitos, requeridas por parte del Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Derecho Europeo, se argumenta al respecto desde Justicia.

La presión desde el sector cultural para que el rapero Pablo Hasel no entre en prisión ha sido notable. De hecho, más de 200 artistas, entre ellosPedro Almodóvar, Joan Manuel Serrat, Javier Bardem, Fernando Trueba o Vetusta Morla, han firmado un manifiesto en el que reclaman la liberación del rapero, condenado a prisión por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona. “El Estado español ha pasado a encabezar la lista de países que más artistas ha represaliado por el contenido de sus canciones”, denuncia el escrito remitido, que “equipara” la situación de las libertades en este país tras el encarcelamiento del músico “con países como Turquía o Marruecos”.

El escrito “exige”, además de la libertad de Hasel, “que se expulsen del Código Penal este tipo de delitos que no hacen sino cercenar el derecho, no solo de libertad de expresión, sino de libertad ideológica y artística”. Una petición que el Gobierno ha hecho suya de inmediato. Para ello, será necesario promover una reforma vía ley orgánica, lo que exige una mayoría en el Congreso de 176 escaños. Unos números que el Gobierno tiene, porque sin duda contará con la connivencia de sus socios del PNV, ERC y EH Bildu. El Ejecutivo podría incluir esta modificación dentro de la reforma pendiente del Código Penal, en la que tiene previsto rebajar la pena del delito de sedición por el que están presos los líderes del “procés”.