Balance

Los dos meses de aplicación del «solo sí es sí» dejan ya 61 años de rebajas a agresores sexuales

La ley estrella de Igualdad suma ya 53 beneficiados cuando el Gobierno se abre por primera vez a retoques «técnicos» de la norma

La ministra de Igualdad, Irene Montero (c), durante su asistencia al acto institucional del Día de la Constitución, este martes, en el Congreso de los Diputados
La ministra de Igualdad, Irene Montero (c), durante su asistencia al acto institucional del Día de la Constitución, este martes, en el Congreso de los DiputadosKiko HuescaAgencia EFE

Del esperar a que el Tribunal Supremo unifique doctrina al si hay que hacer “retoques técnicos” se harán. Así ha virado el discurso del Gobierno a la vez que la aplicación de la Ley del “solo sí es sí” ha atravesado sentencias por todo el territorio con restas de condenas a violadores. El balance tras dos meses de su entrada en vigor no es, a todas luces, el deseado por el Ministerio de Igualdad que encumbró esta reforma del Código Penal con el lema principal de poner el consentimiento de la mujer en el centro. Lo cierto es que víctimas de hasta 14 comunidades autónomas han visto cómo sus agresores sexuales se benefician de la nueva norma y ya hay un total de 53 rebajas en condenas de cárcel.

El BOE publicó el 7 de septiembre la Ley Orgánica de garantía integral de libertad sexual, después de un largo recorrido parlamentario al calor de la ola feminista surgida tras La Manada. El rechazo social a la condena por abuso y no por agresión sexual a los cinco hombres que violaron a una menor en un portal durante los San Fermines de 2017 provocó que el Ministerio de Irene Montero se pusiera a trabajar en una ley que concretara las peticiones de las mujeres en la calle. El resultado fue una norma con más de 60 artículos destinados a prevenir y ayudar desde el inicio a las víctimas, añadiendo formación a todos los niveles de la administración, etc. Pero un pequeño aspecto, el más jurídico, provocó muchas advertencias en sectores judiciales: si reformaban el Código Penal se arriesgaban a revisiones de condenas a la baja.

Muchos expertos en Derecho Penal advirtieron que no era necesaria la fusión del delito de abuso con el de agresión porque esto no iba a lograr una mejora en la lectura del consentimiento de las mujeres, sino que provocaría mayor caos en los tribunales porque los márgenes para la interpretación quedaban más abiertos. Pero Igualdad siguió adelante con la mayoría de los puntos más polémicos, suprimió el concepto de “abuso” y, como consecuencia, realizó una modificación en las horquillas punitivas. Montero prometió en el Congreso que no habría rebajas de pena, pero, a juzgar por el resultado de dos meses de aplicación, calculó mal.

Un mes después de la publicación en el Boletín Oficial los tribunales se pusieron a firmar sus condenas sobre el nuevo texto. Y esta es, precisamente, una de las quejas más repetidas en las sedes justicieras: que el vacatio legis (periodo que transcurre desde la aplicación de una norma hasta su entrada en vigencia) fue muy reducido. Así lo dice el propio fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que en su decreto para unificar criterio asumió que más tarde redactaría una circular más profunda sobre todas las vertientes de cómo interpretar la ley, pero que su pronunciamiento no podía “demorarse” porque el periodo de adaptación había sido “breve”.

La Fiscalía ha dado el tono de color distinto en la interpretación predominante a lo largo y ancho de España, si bien algunas audiencias provinciales como la de Navarra o la de La Rioja han hecho una lectura similar de la reforma del Código Penal. Para García Ortiz la norma general debe ser dejar las condenas tal y como están, siempre y cuando las penas entren dentro del abanico de penas que ahora se maneja. Es decir, que si un violador fue castigado con seis años (antes el mínimo) y ahora el mínimo son cuatro pero seis sigue estando dentro del margen (de cuatro a doce) la sentencia no debe revisarse. No obstante, ha concretado que debe irse “caso a caso”.

Por eso, desde ese pronunciamiento el 21 de noviembre, la mayoría de fiscales de España están oponiéndose a las reducciones de años de cárcel. Aún así, son ya 53 los beneficiados por la ley del “solo sí es sí”, de los que 13 han sido excarcelados porque su estancia en la cárcel era ya suficiente una vez se les restan años en su condena. Al menos 61 años y menos de prisión reducidos a lo largo de las revisiones en las distintas audiencias provinciales y tribunales superiores. La vista está puesta en el Tribunal Supremo que, si bien adelantó el camino abriendo la puerta a las rebajas con esta ley, todavía tiene que hacer pública la sentencia sobre el “caso Arandina” que servirá de guía al resto de jueces.