Tribunales

Denuncia en el Tribunal Supremo contra Pedro Sánchez por falso testimonio tras su comparecencia en el Senado

Manos Limpias le atribuye una "simulación de ignorancia deliberada" pese a su "relación directa y cotidiana" con Ábalos y Santos Cerdán

Pedro Sánchez comparece en la comisión Koldo en el Senado @ Gonzalo Pérez
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ayer, en su comparecencia en el SenadoGonzalo Pérez Fotógrafos

La intervención de Pedro Sánchez ayer en el Senado ha llevado a Manos Limpias a presentar en el Tribunal Supremo (TS) una denuncia contra el presidente del Gobierno por delitos de falso testimonio, al considerar que mintió en la comisión de investigación parlamentaria del "caso Koldo", y omisión del deber de denunciar delitos.

Para el colectivo de funcionarios, pese a su "relación directa y cotidiana con los principales encausados" en dicho procedimiento, el jefe del Ejecutivo "omitió conscientemente datos relevantes y negó conocimiento de hechos de los que tenía plena constancia, utilizando sistemáticamente la fórmula evasiva “no me consta”, con el propósito de ocultar información veraz y relevante para la investigación parlamentaria y entorpecer el esclarecimiento de la verdad".

En el escrito presentado ante el alto tribunal, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, Manos Limpias incide en que "como testigo ante una comisión de investigación parlamentaria" estaba "obligado legalmente a decir verdad", por lo que "la falsedad, ocultación u omisión intencionada de hechos relevantes constituye delito de falso testimonio".

En un comunicado, asegura que da este paso "ante el esperpéntico espectáculo de respuestas dadas" por el líder del PSOE en su comparecencia y "dadas las evidencias de mentiras". Además, le achaca que "eludiendo la verdad" llevara a cabo "ataques sin el más mínimo fundamento probatorio" señalando al colectivo de funcionarios por "seguir instrucciones del Partido Popular y de Vox".

"En defensa del Estado de Derecho y de que la verdad se imponga", asegura, se ve "en la obligación" de presentar esta denuncia.

"Jefe político" de varios investigados

Pedro Sánchez, afirma, "ha sido superior jerárquico y jefe político de varios de los encausados e investigados en el procedimiento penal principal" -entre los que se refiere expresamente a Santos Cerdán, en prisión provisional desde el pasado 30 de junio-, "con quienes mantenía una comunicación diaria, constante y fluida, incluyendo llamadas telefónicas diarias, entre cinco y seis al día por ejemplo con José Luis Ábalos" y el propio Cerdán, intercambiando "mensajes, reuniones y encuentros personales". Todo lo cual, añade, está "acreditado en el sumario y en diversas diligencias judiciales".

"Existen numerosas pruebas de que compartió el denunciado reuniones con ellos, y con otros encausados, como Koldo García, Víctor de Aldama y otros". Y alude a la fiesta de cumpleaños de Ábalos en 2019, "donde estuvieron todos juntos con más miembros del Gobierno y del PSOE y se hicieron fotografías juntos en situación amistosa en el restaurante propiedad de Aldama".

Pese a ello, señala, Sánchez "únicamente contestó de manera directa en torno a cinco o seis" preguntas de las más de 60 que le formularon los senadores, limitándose en el resto a responder con expresiones como "no me consta", "no tengo constancia" o "no lo sé". Y eso pese a que, subraya el colectivo denunciante, "constan múltiples evidencias documentales y comunicacionales que acreditan su conocimiento directo de los hechos objeto de investigación".

"Simulación de ignorancia deliberada"

El artículo 458.1 del Código Penal -recuerda Manos Limpias- establece que el testigo "que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses". Por su parte, añade, el artículo 502.3 del Código Penal dispone que quien sea citado ante una comisión parlamentaria de investigación y "faltare a la verdad en su testimonio incurrirá en las penas del artículo 458".

"De ello se desprende -concluye- que el régimen sancionador aplicable a las comisiones parlamentarias es el mismo que el de los tribunales de justicia, al equipararse el deber de veracidad".

El escrito de denuncia alude a que la jurisprudencia del Tribunal Supremo considera que el delito de falso testimonio "no sólo comprende la mentira expresa, sino también la ocultación consciente de hechos relevantes o la simulación de ignorancia deliberada".

A este respecto, la Sala Penal estableció en 2013 que "el falseamiento de la verdad puede producirse tanto por la afirmación contraria a la realidad como por la negación o silencio intencionado de hechos relevantes que el testigo conoce".

Y antes, en 2002: "Constituye falso testimonio no sólo la afirmación inveraz, sino la simulación de desconocimiento cuando el testigo, con voluntad de faltar a la verdad, dice no recordar o no conocer hechos de los que tiene plena constancia".

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