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Elecciones 28M: Cómo votar desde el extranjero

Tanto como si vives fuera de España o te encuentras de vacaciones puedes ejercer tu derecho a voto

Economía.- Correos contratará a 2.500 personas de refuerzo para las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo
Economía.- Correos contratará a 2.500 personas de refuerzo para las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayoEuropa Press

Si resides fuera de España o te encuentras fuera el próximo 28 de mayo, fecha en la que se celebrarán las elecciones autonómicas y municipales, puedes ejercer tu voto. Existen dos escenarios, por un lado, que residas fuera de España, y, por otro lado, que te encuentres en el extranjero el día de la votación.

¿Cómo votar si resido fuera?

Los residentes en el extranjero tienen que inscribirse en el Registro de Matrícula Consular y en el censo de electores residentes ausentes (CERA). Así, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral remitirán de oficio a la dirección de la inscripción de cada persona de nacionalidad española inscrita en el CERA que viven en el extranjero la siguiente documentación:

-Sobres de votación.

-Dos certificados idénticos que acrediten estar inscrito en el CERA.

-Sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial.

-Sobre dirigido al Consulado o Embajada.

-Una hoja informativa sobre cómo ejercer el derecho de voto.

-La relación de centros habilitados para el depósito de voto.

El envío de la documentación por la Oficina del Censo Electoral se enviará antes del próximo 28 de abril. Posteriormente, la oficina enviará las papeletas a la dirección y a la hora de enviar el voto, se introducirá la papeleta correspondiente a la candidatura elegida dentro del sobre, los certificados de inscripción en el censo, fotocopia del pasaporte o del DNI, o certificación de nacionalidad o inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

Los electores podrán emitir el voto en las urnas dispuestas en la Embajada o Consulado entre el 20 y el 25 de mayo. Asimismo, se podrá remitir por correo certificado hasta el 23 de mayo.

¿Cómo votar si estoy fuera de casa el día de las elecciones?

En el caso de aquellos españoles que estén temporalmente o de vacaciones fuera de España cuando se produzcan los comicios, pueden solicitar el voto por correo desde el 4 de abril hasta el 18 de mayo. Una vez recibida toda la documentación electoral, se podrá enviar el voto por correo certificado hasta el 24 de mayo, cuatro días antes de las elecciones.