
Recurso del PP
El TC rechaza apartar del debate sobre la amnistía a la magistrada que fue alto cargo en Moncloa
El Pleno despeja, con ocho votos a favor y uno en contra, otra recusación a la espera de decidir si deja al margen al exvocal del CGPJ José María Macías
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado, con ocho votos a favor y uno en contra, la recusación del PP que pretendía apartar a la magistrada Laura Díez, ex alto cargo en Moncloa, de la resolución de su recurso contra la Ley de Amnistía. Tras aceptar la abstención del exministro Juan Carlos Campo y desestimar la recusación de su presidente, Cándido Conde-Pumpido, la decisión de mantener a Díez deja solo pendiente de resolución la situación de José María Macías, a quien la Abogacía del Estado quiere dejar al margen porque participó en dos informes en contra de la norma cuando era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), una cuestión que previsiblemente se abordará en el Pleno que se celebrará la primera semana de noviembre.
Aunque también considera que no hay motivos para aceptar la recusación de Díez, la magistrada Concepción Espejel ha votado en contra al entender -como ya puso de manifiesto al resolverse la recusación de Conde-Pumpido- que el Pleno no ha estado válidamente constituido, dado que al irse abordando de forma individual estos incidentes los magistrados cuya recusación se ha rechazado están participando en la decisión de si deben o no ser apartados el resto de sus compañeros en la misma situación. Por este mismo motivo, el magistrado Enrique Arnaldo ha anunciado un voto concurrente.
Así las cosas, y a la espera de lo que suceda con Macías, se mantiene la mayoría progresista en el Pleno que decidirá sobre la veintena de recursos contra la Ley de Amnistía (al del PP se le añade el de varias comunidades autónomas gobernadas por los populares y las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por el Tribunal Supremo y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña). Con la actual composición, el voto de Conde-Pumpido será decisivo para decantar la balanza, algo que no sucederá si Macías es apartado, lo que dejaría una mayoría progresista más holgada de 6-4.
El Constitucional rechaza la pretensión del TC porque sostiene que como directora general de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica entre 2020 y abril de 2022 en el Gobierno de Pedro Sánchez, Laura Díez no participó en la tramitación de los indultos a los condenados del "procés" ni tampoco en la elaboración de la Ley de Amnistía.
El TC concluye que "ninguno de los argumentos examinados alcanza a constituir siquiera un principio de prueba de la falta de apariencia de imparcialidad que se alega, sin que sea admisible esgrimir diversas causas de recusación sin argumentar mínimamente las razones por las que se estiman concurrentes".
El PP expuso entre los motivos para apartarla del debate sobre la amnistía por "haber ocupado cargo público con ocasión de que hubiere participado en el asunto objeto del pleito o hubiere tenido conocimiento de éste" -una de las causas legales de recusación- debido a su "vinculación política en el Partido Socialista de Cataluña y en el PSOE", a que expresó su opinión al respecto en un artículo de prensa y a su "dependencia" del presidente del Gobierno y del ministro de la Presidencia mientras fue alto cargo en Moncloa. Asimismo, los populares le atribuían una posible intervención en relación con los indultos a los condenados en el "procés".
Pero los magistrados replican que no advierten "una intervención acreditada y definida de la recusada", sino una mera "suposición de que debió intervenir en la fijación del criterio del Ministerio de la Presidencia", sin que se aluda "a una actuación en relación con la constitucionalidad" de la Ley de Amnistía, sino a la propuesta de indultos "procedente de otro ministerio, el de Justicia, que desembocó en su concesión en el año 2021".
Se trata, dice el TC, de argumentos que se asientan "en circunstancias hipotéticas, sobre actuaciones desconectadas del objeto del recurso de inconstitucionalidad" y que por sí mismos no pueden acreditar "ninguno de los motivos de pérdida de la imparcialidad a los que los recurrentes los anudan". Laura Díez, deja claro el Pleno, "no intervino en el asunto al que se refiere el proceso, ni pudo haberse formado criterio previo sobre el mismo", por lo que no se pone de manifiesto "que tenga interés directo o indirecto en la causa".
El Pleno también subraya que, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, una eventual afinidad ideológica "no es en ningún caso factor que mengüe la imparcialidad" para juzgar un determinado asunto y, en consecuencia, "no constituye por sí sola causa de recusación".
El Pleno también ha dado su visto bueno a extender el rechazo de la recusación de Conde-Pumpido a todos aquellos recursos de comunidades autónomas gobernadas por el PP en los que también se pidió que el presidente del TC se mantuviese al margen.
Macías -a quien la Fiscalía también quiere apartar de los recursos contra la Ley de Amnistía- se quejó por carta a Conde-Pumpido de que el "fraccionamiento de la decisión sobre las recusaciones" abona la sospecha de "Plenos a la carta" para asegurar "una determinada composición" del tribunal para debatir una cuestión de "intensa relevancia social" y de "perfiles sencillamente históricos". El exvocal del CGPJ ya anticipó que una vez rechazado el intento de dejar fuera del debate a Conde-Pumpido, este podría participar en el Pleno en el que se ha decidido sobre la recusación de Laura Díez y, ambos, podrán decidir sobre su recusación, "pero yo no en la suya ni en la de la magistrada".
Los recursos contra la Ley de Amnistía acumulan suman 54 recusaciones, un hecho sin precedentes en la historia del tribunal de garantías. Macías es quien más acumula, 27 en total, mientras contra el exministro Campo, Conde-Pumpido y Laura Díez se han presentado nueve en cada uno de los casos.
✕
Accede a tu cuenta para comentar