Tribuna
Níger, riquezas y relaciones con España
Níger se considera un país prioritario para el apoyo del Reino de España respecto a las acciones destinadas a garantizar el establecimiento y el acceso a los derechos y servicios sociales básicos y a consolidar sus instituciones
Está de actualidad la situación conflictiva de un país africano muy desconocido en España, aunque no por todos. Como sucede en otros muchos países del continente africano, la presencia de españoles en ellos, en este caso en el del cauce del río del mismo nombre, es permanente, ya sea para ayudar a sus naturales con asistencia religiosa, médica, hospitalaria, educativa o social, para comerciar y para la colaboración en otros muchos aspectos de la vida.
No se ha tenido muy en cuenta en las noticias de estos días el aspecto económico, sustancial en cualquier relación humana y en los aspectos estratégicos de ella, o sea cuales sean las riquezas naturales o minerales de este país, de singular importancia, como vamos a ver enseguida.
Por lo que respecta a la minería, el principal producto minero de Níger es el uranio, base como es sobradamente conocida de las explotaciones nucleares, una industria que ha recibido grandes inversiones extranjeras, en particular de la compañía francesa Areva, que en 2009 estuvo a la cabeza de una inversión de más de mil quinientos millones de dólares para la construcción de la segunda mina más grande del mundo de este mineral. Se trata de información publicada por The Economist del 25-2-2010. Hay que señalar, asimismo, otros recursos minerales de importancia, constituidos por yacimientos de carbón, hierro, fosfato, oro y petróleo. En 2002 ocupaba el tercer puesto como exportador mundial de mineral de uranio que constituye el 80 % del valor total de las exportaciones del país. También tiene explotaciones de otros productos minerales tales como el estaño, cinc, molibdeno, hierro y fosfato de sodio. La importancia de tales yacimientos, sobre todo del de uranio, como se ha dicho, es sobresaliente en la economía mundial.
Respecto a la situación de las relaciones bilaterales con España, la navegación por las áridas páginas del Boletín Oficial del Estado nos descubre que en marzo del año pasado se firmó un Acuerdo administrativo entre los Ministerios del Interior de España y de Níger para la creación de un equipo mixto de cooperación policial con la finalidad de fomentar la cooperación policial para la lucha contra las organizaciones y redes criminales ligadas al terrorismo en Níger. En dicho instrumento internacional simplificado se prevé, con la finalidad antedicha, que su contenido es consecuencia o tiene su antecedente en las normas de la Unión Europea referidas a colaboración policial de carácter técnico en el marco del Acuerdo por el que se establece el «Fondo Fiduciario de Emergencia de la Unión Europea para la estabilidad y abordar las causas fundamentales de la migración irregular y las personas desplazadas en África», en concreto la creación de un Equipo Conjunto de Investigación (ECI) para la lucha contra las redes criminales vinculadas al terrorismo.
En el mismo marco internacional, ambos Estados crean un equipo mixto de cooperación policial (en adelante, «el ECI Níger») cuya misión es luchar conjuntamente contra el terrorismo, y las organizaciones y las redes relacionadas con el mismo. Este equipo mixto, se apunta, tendrá como finalidad el refuerzo de las capacidades operativas de la policía nigerina, en particular del Servicio Central contra el Terrorismo y la Delincuencia Organizada Transnacional (SCLCT/CTO) servicio dependiente de la Dirección General de la Policía Nacional, adscrita al Ministerio del Interior y de la Descentralización. Una ayuda específica, pues, de las Fuerzas de Seguridad españolas a las de Níger, con la finalidad señalada. Respecto de los miembros de la seguridad pública española que deban desplazarse a Níger, se dispone que lo harán dependiendo del estado de seguridad de la zona y debiendo respetarse las condiciones de seguridad habituales (escolta armada y alojamiento seguro). La financiación, precisa en todo proyecto que se quiera verdaderamente efectivo, se prevé a cargo de la Comisión de la Unión Europea a través del contrato de financiación que se celebrará al amparo del Fondo de la UE antes referido.
Por otra parte, además de otro Acuerdo internacional celebrado en el año 2018 sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, debemos recordar aquí, asimismo, la vigencia de un Acuerdo Marco de Cooperación del año 2007 en el que se establecieron las bases del complementario Acta de Adopción del Marco de Asociación País de 2011, en cuya virtud se vienen celebrando reuniones de la Comisión Mixta creada al efecto (la última en enero de este año 2023). En ellas se convienen medidas aplicables al período 2023-2027 sobre cooperación internacional para el desarrollo, estableciéndose que Níger se considera un país prioritario para el apoyo del Reino de España respecto a las acciones destinadas a garantizar el establecimiento y el acceso a los derechos y servicios sociales básicos y a consolidar sus instituciones, utilizando todos los instrumentos disponibles en función de su nivel de desarrollo, necesidades y demandas.
José Manuel Suárez Robledanoes magistrado y profesor de Derecho Internacional.
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