Huelga

Cómo afectan los servicios mínimos de la huelga general del 15 de octubre a hospitales, colegios y ministerios

Estos servicios mínimos están pensados para evitar riesgos para la salud, la seguridad o derechos fundamentales, aun cuando muchos trabajadores participen en el paro

Huelga de médicos nacional en España: manifestación contra el Estatuto Marco promovido por el Ministerio de Sanidad.
Huelga de médicos nacional en España: manifestación contra el Estatuto Marco promovido por el Ministerio de Sanidad.Alberto R. RoldánLa Razón

Cuando se convoca una huelga general, el Estado o las comunidades autónomas establecen servicios mínimos para garantizar que aquellos servicios considerados esenciales no queden completamente paralizados. Estos servicios mínimos están pensados para evitar riesgos para la salud, la seguridad o derechos fundamentales, aun cuando muchos trabajadores participen en el paro. Legalmente, estos conceptos están regulados para “asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad”.

Ese equilibrio entre el derecho a la huelga y la obligación de mantener servicios básicos define el impacto en sectores como hospitales, colegios y ministerios.

En hospitales y sanidad: urgencias, guardias y límites estrictos

En el ámbito sanitario, los servicios mínimos suelen abarcar urgencias, cuidados críticos, atención neonatal, reanimación, diálisis, entre otros. En muchos casos, se exige que esas áreas funcionen como un día festivo, garantizando asistencia para situaciones que no pueden demorarse.

En hospitales, otras funciones como quirófanos programados o consultas externas pueden verse reducidas o suspendidas parcialmente, siempre que no pongan en riesgo la vida o agraven un estado de salud. En algunas comunidades, se permiten que estas actividades funcionen con un porcentaje reducido de la plantilla habitual.

Un punto jurídico interesante: los médicos internos residentes (MIR) han sido objeto de debate en cuanto a su inclusión en los servicios mínimos. Una sentencia del Tribunal Supremo avaló que los MIR puedan ser incluidos en los servicios mínimos en huelgas sanitarias, al ser considerados trabajadores que participan activamente en la asistencia sanitaria.

Asimismo, los servicios mínimos pueden variar según la comunidad autónoma, dependiendo de la normativa autonómica y los decretos específicos para esa huelga.

En colegios: docentes y funcionamiento mínimo

En la educación pública no universitaria, la normativa establece que durante huelgas debe mantenerse un servicio básico que incluya la dirección del centro, atención a alumnos internos si los hay, y garantizar que los alumnos puedan permanecer en sus instalaciones si no pueden retornar a casa. Esto se considera parte de los servicios esenciales del sistema educativo.

Es decir, aunque muchos docentes opten por secundar el paro, los colegios no suelen cerrar por completo: algunos profesores, especialmente los encargados de dirección o funciones críticas, deben continuar para que el centro pueda operar de forma básica.

El límite está en que la huelga no impida de manera grave y persistente la formación de los alumnos o la evaluación académica, lo que podría habilitar al Ministerio de Educación a dictar servicios mínimos especiales si la situación lo exige.

En ministerios y administración institucional

En los ministerios y organismos públicos centrales, los servicios mínimos también se definan para asegurar que funciones esenciales del Estado no se paralicen. Estos podrían incluir, por ejemplo, servicios administrativos mínimos para atención ciudadana, funciones de Seguridad Nacional, ciertos trámites urgentes o mantenimiento de sistemas críticos.

La Administración tiene competencia para designar qué servicios deben seguir operando, siempre bajo criterios de racionalidad y proporcionalidad, de modo que la huelga no impida derechos de terceros ni ponga en riesgo la administración del Estado.