Sentencia
La Justicia archiva la querella de presunto fraude en el CNIO
La sentencia actual establece que no ha habido violación de su derecho a la libertad sindical ni instigación al acoso hacia su persona
Tras varios meses de investigación, el Juzgado de Instrucción número 22 de Madrid ha dictado el sobreseimiento provisional y el archivo de la querella del caso que involucraba a tres responsables del Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas (CNIO) por los presuntos delitos de prevaricación administrativa, tráfico de influencias, fraude y exacciones legales, y malversación. De esta forma, la investigación judicial concluye que no existen pruebas suficientes para sostener dichas acusaciones contra el director gerente del CNIO, Juan Arroyo; su exdirector de personal y posterior director financiero, José Ramón Martínez; y un trabajador del departamento financiero, José Antonio Galindo. Esta sentencia se produce tras la desestimación del Recurso de Suplicación interpuesto contra la Sentencia del 15 de octubre de 2021 dictada por el Juzgado de lo Social número 22 de Madrid el pasado 9 de mayo de 2022.
La sentencia actual establece que ninguna de las demandas tiene cabida en relación con dos temas que aseguraba la denunciante: la acusación de que no había sido respetado su derecho a la libertad sindical y la instigación al acoso hacia su persona.
La querella fue presentada en diciembre de 2020 ante el Juzgado de Instrucción de Madrid por el partido político Vox por presuntos delitos de “prevaricación, tráfico de influencias, fraude, exacciones ilegales en la contratación pública y malversación”. El partido de Santiago Abascal decidió apoyar así a la presidenta del Comité de Empresa que, tal y como recoge la sentencia, “mostró interés en el presupuesto del CNIO, en las distintas partidas presupuestarias y en las licitaciones del CNIO […] en el marco del proceso de estabilización de empleo en el que se encontraba incurso el CNIO”. Según fuentes consultadas por LA RAZÓN, “la presidenta del Comité de Empresa del CNIO y otra empleada, le trasladaron, auspiciadas por María Blasco, directora del CNIO, a Raquel Yotti, directora del Instituto de Salud Carlos III, sus ideas sobre la problemática que, según ellas, había en la renovación de personal y contrataciones, haciendo, asimismo, referencia a adjudicaciones repetitivas a las mismas empresas en las licitaciones del CNIO”. Estas adjudicaciones ascienden a los 49.000 euros durante el ejercicio 2018. Según la demandante, algunas de estas licitaciones estarían interconectadas entre sí, siendo el gasto predominante los gastos generales o de obra del edificio del CNIO y no la Ciencia como debería ser en un Centro de Investigación. Sin embargo, desde el CNIO indican que “sí son licitas estas adjudicaciones de 49.000 euros porque siempre se hicieron conforme a la norma: el procedimiento ha sido publicado y la concesión se hizo conforme a los procedimientos que la Ley establece”.
Según informó LA RAZÓN, estas adjudicaciones fueron, en concreto: ACU Cerrajeros, compañía a la que en 2018 se le adjudicaron 494.100 euros en 10 adjudicaciones, así como 246.690 en otras cinco en 2017; Instalaciones Meyal, 443.300 euros en nueve adjudicaciones en 2018, Altra instalaciones, por ocho adjudicaciones en 2018 por un importe de 394.711 euros y una en 2017 por 48.900; Vidania S. L, por ocho adjudicaciones en 2018 por un valor de casi 400.000 euros y otra en 2017 por 48.900, e Instalaciones Metalworld por siete adjudicaciones en 2018 por un importe de 297.150,00 euros. A ellas hay que añadir, Consistrol Álvarez y Asociados, que recibió 393.930 euros en ocho adjudicaciones en 2018 y una en 2017 por 48.100; Coliman Facility Services S. L, que percibió 395.700 euros por ocho adjudicaciones, así como 49.200 euros en 2017 en una adjudicación) e Integración y Coordinación de Sistemas S. L. que cobró 296.800 euros en ocho adjudicaciones a lo largo de 2017 y 49.400 euros más en 2017 en una adjudicación.
La querella interpuesta por VOX produjo “perplejidad” a la Sección Sindical de Comisiones Obreras en el Comité de Empresa del CNIO. Según consta en la sentencia, indicaron “que nunca se había tratado con el Comité de Empresa ni en ningún órgano colegiado donde hayan participado los trabajadores los hechos denunciados”, y que “todos los hechos que el artículo planteaba habían sido auditados por la IGAE (Intervención General de la Administración del Estado a través de la Oficina Nacional de Auditoría) sin encontrar irregularidades”. En este sentido, lamentaban que estas acciones se trataban de “una campaña muy lesiva contra la imagen del centro de investigación más prestigioso de España y de Europa”. Comisiones Obreras también solicitó al CNIO el inicio de protocolo de acoso laboral por las manifestaciones de la demandante en relación a la situación vivida.
Otras fuentes del CNIO consultadas por LA RAZÓN a raíz de la publicación de este sobreseimiento y archivo coinciden en señalar que las denuncias formuladas por la demandante son “un cúmulo de incongruencias que faltan a la verdad y que desbordan imaginación”. “Se inventa que sufre persecuciones y que, como miembro del comité de empresa, están violando su derecho a recibir información que ella dice que CCOO sí recibe”, aseguran. En Primera Instancia, año 2021, no se probó que estuviese siendo acosada ni que sus derechos como sindicalista no estuvieran garantizados.✕
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