Tribunales
El Supremo traslada “al magistrado ponente para su estudio” los recursos a la sentencia de los ERE
El fallo, notificado hace ya cerca de dos años, condena al ex presidente andaluz Griñán a seis años de cárcel y a Chaves a nueve años de inhabilitación especial por prevaricación
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha ordenado trasladar “al magistrado ponente para su estudio”, las actuaciones por los recursos de casación interpuestos contra la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla correspondiente al procedimiento específico a través del cual la Junta de Andalucía financiaba sus subvenciones autonómicas para prejubilaciones de expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente fraudulentos o innecesarios y ayudas directas y supuestamente arbitrarias a empresas, una resolución que condena a 19 de los 21 exaltos cargos socialistas juzgados, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
Así figura en una diligencia de ordenación del Supremo emitida este pasado martes y que, con relación a los citados recursos de casación, determina que “visto el estado que mantienen las presentes actuaciones, pasen las mismas al magistrado ponente para estudio”, según dicho documento recogido por Europa Press.
La mencionada sentencia, de 1.821 folios y notificada el pasado 19 de noviembre de 2019, hace ya cerca de dos años, condena al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán a seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación especial por malversación y prevaricación continuadas, mientras que su antecesor en el cargo, Manuel Chaves, era condenado a nueve años de inhabilitación especial por prevaricación.
Por su parte, el exconsejero de Empleo Antonio Fernández era condenado a 7 años, 11 meses y un día de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de 19 años, 6 meses y un día por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con otro continuado de malversación, mientras los exconsejeros José Antonio Viera (Empleo) y Francisco Vallejo (Innovación) resultaban condenados cada uno de ellos a 7 años y un día de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de 18 años y un día, en ambos casos por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con uno continuado de malversación.
La exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo fue condenada a seis años y dos días de cárcel y 15 años y dos días de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con uno continuado de malversación, mientras el exconsejero de Presidencia Gaspar Zarrías y la exconsejera de Economía y Hacienda Magdalena Álvarez eran condenados a nueve años de inhabilitación especial por un delito continuado de prevaricación en ambos casos.
LOS EXDIRECTORES GENERALES
El exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero, fallecido a causa de una neumonía, era condenado a 7 años, 11 meses y un día de cárcel y 19 años, seis meses y un día de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con uno continuado de malversación.
Juan Márquez, también exdirector general de Trabajo y sucesor de Guerrero, era condenado a 7 años y un día de prisión y 18 años y un día de inhabilitación absoluta por los mismos supuestos, mientras el ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá resultaba condenado a siete años y un día de prisión, y a 18 años y un día de inhabilitación absoluta, por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con uno continuado de malversación.
De igual modo, el ex viceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez era condenado a seis años y dos días de prisión y a 15 años y dos días de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con otro continuado de malversación y, en paralelo, el ex director general de Economía y Hacienda José Salgueiro y el ex director general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano eran condenados cada uno de ellos a 9 años de inhabilitación especial por un delito continuado de prevaricación en ambos casos.
SÓLO DOS PLENAMENTE ABSUELTOS
También fue condenado el ex director general de IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano, a una pena de seis años, seis meses y un día de prisión, y a inhabilitación absoluta, por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con uno continuado de malversación, pesando el hecho de que sólo dos de los 21 acusados fueron absueltos totalmente, en concreto el exinterventor general de la Junta Manuel Gómez y el exjefe del Gabinete Jurídico Francisco del Río.
Ya casi dos años después de la notificación de aquella sentencia, la misma está pendiente de los recursos de casación interpuestos contra ella ante el Tribunal Supremo, siendo Gaspar Zarrías el primero de los acusados en formalizar su recurso.
Mientras la citada sentencia parte de la idea de que los ex presidentes de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves eran en cada uno de los casos “plenamente consciente de la palmaria y patente ilegalidad de los actos” en que participaron, el recurso de casación de Griñán, recogido por Europa Press, sostiene que “todas las actuaciones culminaron siempre con la aprobación de la Ley por el Parlamento”, agregando que los hechos considerados como probados “no relatan que tales actuaciones contravengan ninguna norma, sino que dan curso a lo presupuestado por la Consejería de Empleo en un programa, el 31L, haciendo un ‘uso inadecuado’ de las transferencias de financiación que posibilitan incumplimientos e irregularidades en la gestión de esos fondos”.
A tal efecto, la defensa de Griñán sostiene que “no se ha acreditado que interviniera en la concesión concreta de ayudas fraudulentas de fondos públicos”.
“PREJUICIOS Y ELUCUBRACIONES”
La defensa de Chaves, de su lado, esgrimía en su recurso de casación que el aludido, “en su condición de presidente de la Junta de Andalucía, se limitó a participar en la formalización de la aprobación, por parte del consejo de gobierno que él presidía, de unas modificaciones presupuestarias que habían seguido todos los trámites legalmente exigibles”, avisando de que “lo que el tribunal presenta como tal prueba de cargo no es más que un compendio de prejuicios, juicios de valor, elucubraciones, sospechas y presunciones contra reo”.
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