Redes sociales

Un juez culpa a una subcontrata de Facebook de los trastornos de un joven que filtraba publicaciones inadecuadas

El joven tenía que mirar repetidas veces contenido relacionado con terrorismo, suicidios, automutilaciones y torturas

Imagen de archivo de la Ciutat de la Justicia
Imagen de archivo de la Ciutat de la JusticiaEUROPA PRESSEuropa Press

Un juzgado de Barcelona ha culpado a una empresa subcontratada en España por Meta –propietaria de Instagram o Facebookde los trastornos de salud mental que sufre un filtrador de contenido en redes sociales, encargado de revisar las publicaciones consideradas inadecuadas.

El juzgado de lo social número 28 de Barcelona ha concluido que los problemas de salud mental del joven, que trabajaba como filtrador de contenido para CCC Barcelona Digital Services S.L. entre 2018 y 2020, son un accidente de trabajo y no una enfermedad común, como sostenía la propia compañía. La empresa presta sus servicios de moderación a Meta desde 2018, y fue adquirida en 2020 por el grupo canadiense Telus Internacional.

La sentencia subraya que, como sostenían el propio afectado y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), "el estrés laboral es el desencadenante único, exclusivo e indubitado" de sus problemas de salud mental.

El moderador de contenido estuvo en la sección de alta prioridad, donde tenía que mirar repetidas veces "contenido relativo a terrorismo y suicidios, automutilaciones, decapitaciones de civiles asesinados por grupos terroristas, torturas".

El titular del juzgado da por probado que este tipo de trabajo, según la literatura científica, genera "riesgo psicosocial", puesto que supone exponerse "a violencia, crimen, abuso y contenido ilegal", por lo que puede ser "una fuente de estrés que puede causar daños psicológicos y trastorno de estrés postraumático". Además, el escrito indica que este tipo de trabajadores están sometidos a una elevada presión también por la gran cantidad de trabajo que tienen que afrontar.

El juez también indica que la Inspección de Trabajo, con informe el 30 de abril de 2021, abrió un proceso sancionador contra la compañía, "al no haber tomado la empresa ningún tipo de medida, siendo sabedora de los problemas psíquicos de sus trabajadores con relación a su actividad laboral".

"El estrés laboral que ha venido sufriendo es el factor desencadenante de la baja laboral de autos", recoge la sentencia, contra la que cabe recurso, que también indica que "no constan, ni se han identificado otros factores causales que hubieran podido determinar" la citada incapacidad temporal.

"La empresa lo que defendía es que venías con esto de serie, o que no se le puede atribuir al trabajo en exclusiva toda la patología psíquica que sufría el trabajador", ha denunciado el letrado del trabajador afectado, Francesc Feliu.