Pymes y autónomos

La lista de 95 actividades que pueden pedir las ayudas: casas de apuestas y estancos, sí; peluquerías y academias, no

El decreto de rescate del Gobierno se olvida de sectores muy golpeados como las peluquerías, centros de estética, autoescuelas, centros de enseñanza reglada y tiendas de souvenirs. Sí está incluidos los cines, taxistas, videoclubs y fabricantes de explosivos

Una mujer pasa frente a una tienda de souvenirs cerrada en el centro de Madrid
Una mujer pasa frente a una tienda de souvenirs cerrada en el centro de MadridSUSANA VERAREUTERS

El Consejo de Ministros aprobó este viernes el real decreto-ley de medidas urgentes para garantizar la solvencia de las empresas en problemas dotado con un total de 11.000 millones, que incluirá un fondo de 7.000 millones de euros en ayudas directas, es decir, a fondo perdido que las pymes y autónomos beneficiarios no tendrán que devolver. Estos fondos, que irán desde los 3.000 euros hasta un máximo de 200.000 euros se podrán destinar al pago de deuda contraída desde marzo de 2020, tanto la relacionada con proveedores, como al pago de gastos fijos, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera o no financiera, siempre que la caída de la facturación sea al menos un 30% respecto a la de 2019.

A las ayudas podrán acogerse pymes y autónomos de casi 100 actividades económicas diferentes, como las actividades de la industria manufacturera relacionadas con el comercio y la hostelería; comercio al por mayor y minorista; sectores auxiliares al transporte; mantenimiento aeronáutico, y actividades relacionas con la cultura y las actividades deportivas como salas de cine, festivales y conciertos de música en vivo, tablaos flamencos, artes escénicas (teatro, danza, música y circo), bellas artes, salas de espectáculos y gimnasios, así como las casas de apuestas. Sin embargo, quedan fuera otros sectores que han sido también muy golpeados por la crisis ocasionada por el coronavirus, como las peluquerías y los centros de estética, las autoescuelas y otros centros de enseñanza reglada como las academias, y las tiendas de souvenirs.

Como se temían las asociaciones de autónomos, las condiciones del reparto de estos fondos iban a levantar mucha polémica si no se realizaba con criterios de igualdad y objetividad, y así ha sido tras la publicación oficial en el BOE de los sectores que podrán acogerse a estas ayudas. El presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, ha denunciado a través de las redes sociales que el Gobierno de Pedro Sánchez haya excluido de la posibilidad de recibir estos fondos a algunos de los sectores más gravemente afectados por las restricciones sobre su actividad. “Hay olvidos injustificados de autónomos y empresas que se han visto muy afectados. Vamos a pelear por su inclusión”, advirtió Amor. Se refiere concretamente a negocios relacionados con el comercio al por menor especializado, como tiendas de ferreterías, pinturas, vidrios, alfombras, papeles pintados, aparatos electrodomésticos, muebles, iluminación, etc, que se suman a los anteriormente citados.

El BOE publicó en la mañana de este sábado el decreto, en el que se detallan las condiciones y la lista de actividades susceptibles de optar a estas ayudas de rescate:

Comercio

  • Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero
  • Intermediarios del comercio de productos alimenticios, bebidas y tabaco
  • Comercio al por mayor de cueros y pieles
  • Comercio al por mayor de bebidas
  • Comercio al por mayor de azúcar, chocolate y confitería
  • Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias
  • Comercio al por mayor de pescados y mariscos y otros productos alimenticios
  • Comercio al por mayor, no especializado, de productos alimenticios, bebidas y tabaco
  • Comercio al por mayor de porcelana, cristalería y artículos de limpieza
  • Comercio al por mayor de artículos de relojería y joyería
  • Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados
  • Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de textiles en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de periódicos y artículos de papelería en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de calzado y artículos de cuero en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de artículos de relojería y joyería en establecimientos especializados
  • Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y en mercadillos
  • Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta y en mercadillos
  • Otro comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos

Alojamiento y hostelería

  • Hoteles y alojamientos similares
  • Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia
  • Campings y aparcamientos para caravanas
  • Otros alojamientos
  • Restaurantes y puestos de comidas
  • Provisión de comidas preparadas para eventos
  • Otros servicios de comidas
  • Establecimientos de bebidas

Cultura y ocio

  • Actividades de exhibición cinematográfica
  • Artes escénicas
  • Actividades auxiliares a las artes escénicas
  • Gestión de salas de espectáculos
  • Actividades de museos
  • Gestión de lugares y edificios históricos
  • Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales
  • Actividades de juegos de azar y apuestas
  • Gestión de instalaciones deportivas
  • Actividades de los gimnasios
  • Otras actividades deportivas
  • Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos
  • Otras actividades recreativas y de entretenimiento
  • Actividades de mantenimiento físico

Transporte

  • Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros
  • Transporte por taxi
  • Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
  • Transporte marítimo de pasajeros
  • Transporte de pasajeros por vías navegables interiores
  • Transporte aéreo de pasajeros
  • Actividades anexas al transporte terrestre
  • Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores
  • Actividades anexas al transporte aéreo

Producción e Industria

  • Extracción de minerales de hierro
  • Elaboración de helados
  • Elaboración de café, té e infusiones.
  • Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.
  • Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas
  • Confección de otras prendas de vestir exteriores
  • Confección de otras prendas de vestir y accesorios
  • Fabricación de artículos de peletería
  • Confección de otras prendas de vestir de punto
  • Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas
  • Otras actividades de impresión y artes gráficas
  • Servicios de pre-impresión y preparación de soportes
  • Encuadernación y servicios relacionados con la misma
  • Reproducción de soportes grabados
  • Fabricación de explosivos
  • Producción de metales preciosos
  • Fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico
  • Fabricación de cables de fibra óptica
  • Fabricación de artículos de joyería y artículos similares
  • Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares
  • Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial
  • Suministro de vapor y aire acondicionado

Otras actividades

  • Edición de periódicos
  • Actividades de fotografía
  • Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros
  • Alquiler de camiones
  • Alquiler de artículos de ocio y deportivos
  • Alquiler de cintas de vídeo y discos
  • Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico
  • Alquiler de maquinaria y equipo de oficina, incluidos ordenadores
  • Alquiler de medios de navegación
  • Alquiler de medios de transporte aéreo
  • Alquiler de otra maquinaria, equipos y bienes tangibles n.c.o.p.
  • Actividades de las agencias de viajes
  • Actividades de los operadores turísticos
  • Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos
  • Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina
  • Organización de convenciones y ferias de muestras
  • Otras actividades de apoyo a las empresas
  • Reparación de calzado y artículos de cuero
  • Reparación de relojes y joyería
  • Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel

Estas ayudas podrán compensar, como máximo, el 40% de la caída adicional de ingresos en el caso de micropymes y autónomos (hasta 10 empleados), y hasta un 20% para el resto de empresas. En concreto, los autónomos que tributan en módulos recibirán hasta 3.000 euros y entre 4.000 y 200.000 euros el resto de autónomos y empresas, importes que podrán elevarse tanto en Canarias y Baleares, siempre dentro de los límites de ayudas de Estado fijados por Bruselas.