IRPF

Las 10 preguntas más frecuentes en la declaración de la Renta

La campaña de IRPF y Patrimonio dará comienzo el 6 de abril con la presentación online de las declaraciones

Señal en un cristal del icono de la Agencia Tributaria
Señal en un cristal del icono de la Agencia TributariaCézaro De LucaEuropa Press

La cita de miles de contribuyentes con la Agencia Tributaria dará comienzo en menos de un mes, ya que concretamente a partir del 6 de abril estas personas podrán presentar todas las declaraciones en la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2021.

A pesar de que son muchas las personas que se están preparando para esta fecha señalada, el momento de presentar la declaración de la renta viene acompañado de numerosas inquietudes o preguntas frecuentes sobre la misma.

¿Todo el mundo debe presentar la declaración?

La respuesta es no, ya que existen algunos contribuyentes que están exentos de presentar la declaración de la renta:

  • Aquellos cuyos rendimientos del trabajo sean iguales o inferiores a 22.000 euros anuales procedentes de un solo pagador o 11.200 en el caso de que provengan de varios pagadores (siempre y cuando los ingresos del segundo y restantes pagadores sean inferiores a los 1500 euros).
  • Aquellas personas cuyos rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con límite conjunto de 1000 euros anuales.

A pesar de que no todos los contribuyentes tengan la obligación de presentarla, esto no quita el derecho de querer o poder hacerlo. En este caso puede resultar interesante el comprobar si se tiene derecho a algún tipo de deducción que no se hubiera tenido en cuenta tras calcular las retenciones en la nómina. Aunque en el caso de que tras hacer los cálculos, esta te saliera a pagar, hay que recordar que en los casos previamente mencionados no es obligatorio presentarla.

¿Es necesario comprobar el borrador antes de confirmarlo?

El comprobar el borrador de Hacienda es un paso imprescindible, ya que aunque sea la Agencia Tributaria quién lo haya elaborado este podría presentar información incompleta, desactualizada o errónea; y el contribuyente es el único responsable de toda la información que se encuentre en la declaración.

Tras realizar la comprobación de este borrador, existen muchas formas de confirmarlo:

  • A través del servicio Renta WEB de la página de la Agencia Tributaria haciendo uso del DNI electrónico, certificado digital, Cl@ve PIN o con el DNI y el número de referencia del borrador.
  • A través del plan “Te llamamos” de Hacienda, el cuál puede solicitarse a través de la página de la AEAT, de su app o al teléfono de atención al ciudadano (901 12 12 24 de atención automática o al 901 22 33 44 o al 91 553 00 71 de atención personal en horario laboral).
  • A través de la entidad financiera del contribuyente.
  • Confirmarse de manera presencial en Hacienda.

¿Qué ocurre si hay un error en la declaración?

A pesar de que el contribuyente haya comprobado el borrador antes de presentar la declaración de la renta, puede suceder que a esta persona se le escapen algunos errores.

En esos casos, la persona puede presentar una declaración complementaria con el objetivo de subsanar el error, si bien, siempre es necesario que se marque la casilla correspondiente para indicar que esta es complementaria. El corregir estos fallos puede suponer sanciones económicas, no obstante, si estas son detectadas y subsanadas por la Agencia Tributaria, estas cuantías pueden aumentar notablemente.

¿Cómo se puede presentar la declaración online?

Tanto en el caso de los empresarios como de los autónomos, Hacienda no prepara un borrador para estos contribuyentes, sino que simplemente les ofrece sus datos fiscales.

En ese sentido, se debe usar el servicio Renta WEB para presentar la declaración de la renta, aunque esto también es posible hacerlo vía telefónica o de manera presencial. Asimismo, el hacer la declaración a través de la web de la Agencia Tributaria también es útil cuando es necesario que se realicen muchas modificaciones en el borrador.

¿Es conveniente hacer una declaración conjunta?

En el caso de que el contribuyente esté casado o tenga hijos a su cargo, el realizar una declaración conjunta puede ser una idea interesante, sobre todo si su pareja no trabaja o tiene unos ingresos eacasos. El programa Renta WEB ofrecerá al interesado una comparación entre ambas opciones para saber cuál le compensa más.

¿Qué deducciones existen en la declaración de la renta?

El ahorrar en la declaración de la renta y sacar el máximo provecho de la misma es posible dado que existen numerosas deducciones fiscales; y estas son algunas de las más importantes:

  • Por maternidad para madres trabajadoras con hijos menores de tres años.
  • Pensiones compensatorias en favor del cónyuge.
  • Realizar aportaciones a planes de pensiones.
  • Cuotas a sindicatos y colegios profesionales.
  • Aportaciones o cuotas entregadas a partidos políticos.
  • Deducción por adquisición de vivienda habitual, siempre y cuando haya sido antes del 1 de enero de 2013.

¿Se puede pedir cita si el contribuyente necesita ayuda con la declaración?

El realizar la declaración de la renta puede suponer numerosos problemas y en ocasiones resulta misión imposible hacerla, por tanto, existen diferentes maneras de pedir cita precia para hacerla de manera presencial: por teléfono, a través de la página web de la Agencia Tributaria o a través de la App de este organismo.

No obstante, no todos lo ciudadanos pueden pedir ayuda con la elaboración de estos documentos, ya que se excluyen aquellos que hayan percibido más de 65.000 euros por rendimiento de trabajo o más de 15.000 euros en capital mobiliario, entre otros.

¿Cuál es la fecha límite para presentar la declaración?

La campaña de la Renta finalizará el próximo 30 de junio, por tanto, esta será la fecha límite para presentarla. Pero, ¿qué ocurre si esta se presenta fuera de plazo? Si se realiza de forma voluntaria, es decir, no requerido por la Agencia Tributaria, esto supondrá una multa que dependerá del retraso y resultado de la declaración. Si el resultado es a devolver, lo más probable es que la sanción sea simple de 100 euros, aunque si es a pagar, los recargos dependerán del retraso:

  • A los 3 meses siguientes tras cumplirse el plazo: 5% de la cuantía a abonar.
  • Entre 3 y 6 meses: el 10% de la cuantía a abonar.
  • Entre 6 y 12 meses: el 15% de la cuantía a abonar.
  • Más de un año: el 20% de la cuantía a abonar más los intereses de demora.

No obstante, en el caso de que sea la Agencia Tributaria la que te tenga que avisar de que no se haya presentado, esto puede suponer una sanción por fraude que oscila entre el 50% al 150% de la cantidad a ingresar.

¿Es posible aplazar el pago de la declaración de la renta?

La Agencia Tributaria ofrece al contribuyente la posibilidad de que se aplace el pago de la declaración de la renta. El 60% de la cuantía total debe pagarse a la hora de presentar la declaración, mientras que el montante restante se deberá ingresar en un plazo aproximado de cinco meses desde que finalice el plazo de la renta.

¿Cuánto tardan en pagar la declaración de la renta?

Una declaración de la renta que sea sencilla puede tardar entre una y dos semanas en que Hacienda la tramite, sin embargo, esta no es una ciencia exacta, por lo que este proceso puede extenderse más allá de la campaña de la renta hasta el final de año, e incluso más. En el caso de que al contribuyente no le llegue la devolución de la renta, este podrá salir de dudas comprobando el estado de la declaración que se haya realizado.