Polémica
Grecia responde con dureza a las críticas de Yolanda Díaz: "Quizá quiera consejo para reducir el paro, del que es campeón España"
El ministro de Trabajo del país heleno carga contra las críticas de la ministra española a su reforma laboral, que amplía las días y horas de trabajo
Grecia ha respondido que forma contundente a las críticas vertidas por la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, contra la reforma laboral aprobada el pasado viernes por el Gobierno conservador del país heleno. Su homólogo griego, Adonis Georgiadis, a través de la red social X (antigua Twitter) afirmó ayer en un post que "la querida señora Díaz tal vez desee pedirnos algún consejo sobre cómo reducir el desempleo en su país, que lamentablemente ahora es su campeón".
La reforma aprobada este viernes gracias a la mayoría conservadora en el Parlamento griego permite a las empresas imponer un sexto día laboral, en sábados o domingos, y variar los horarios de los empleados con 24 horas de antelación para adaptarlos a las necesidades de producción. Además, permite que los trabajadores puedan tomar un segundo empleo de hasta 5 horas diarias, llevando la jornada máxima a 13 horas.
Tras anunciarse, Díaz, también a través de X, afirmó que la reforma es un camino "hacia la involución". La ministra de Trabajo se mostró muy "preocupada" por el nuevo camino de Grecia, que, a su parecer, supone "menos tiempo, vidas peores y una economía low cost". "Muy preocupada por esta noticia que llega desde Grecia. Este es el camino de la involución: menos tiempo, vidas peores, economía low cost", manifestó la ministra española.
España lo permite
Pese a mostrarse escandalizada, la normativa laboral en España, regulada por el Estatuto de los Trabajadores, no impide de ninguna manera que un trabajador español pueda compatibilizar dos trabajos, a jornada completa incluso, por lo que es perfectamente posible trabajar muchas más horas que las 13 que ha introducido Grecia ahora para trabajadores pluriempleados, siempre que se cumpla con las obligaciones en materia de impuestos y Seguridad Social.
Esto significa que un trabajador en España que necesite dos empleos a jornada completa para llegar a fin de mes podría trabajar perfectamente 16 horas al día si así lo desease. O las que fuesen su tuviese un tercer pagador, incluso.
Qué dice el Estatuto de los Trabajadores
El único límite que marca el Estatuto de los Trabajadores es que la jornada diaria no supere las 9 horas de un mismo empleador. El artículo 34.3 del Estatuto de los Trabajadores señala que "El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas". Es decir, en un mismo trabajo un asalariado podría llegar a trabajar hasta 12 horas diarias, si así lo pactase con su empleador o estuviese así determinado por convenio, para poder respetar así el descanso entre jornadas, pues "entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas".
En el caso de la jornada semanal, el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores señala que "La duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual". Esto significa que para computar la jornada se divide el total de horas trabajadas por el número de semanas, lo que permite que no sea lineal y algunas semanas se pueda trabajar más y otras menos, siempre que no supere el límite y se respeten los tiempos de descanso.
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