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Guía práctica para hacer la Declaración de la Renta

La campaña de la Renta 2018 arranca mañana con la solicitud de cita previa

Vista general de la zona donde los ciudadanos son atendidos en una delegación de Hacienda
Vista general de la zona donde los ciudadanos son atendidos en una delegación de Haciendalarazon

Aunque la campaña arranca mañana, la presentación de las declaraciones no podrá efectuarse hasta el martes.

Un año más, los contribuyente están llamados a rendir cuentas ante la Hacienda pública. Aunque la campaña arranca mañana, la presentación de las declaraciones no podrá efectuarse hasta el martes.

- ¿Cuándo arranca la campaña?

- Los contribuyentes podrán pedir cita a partir del lunes para realizar su consulta o declaración en el teléfono 901 12 12 24 o el 91 535 73 26 con servicio automático, o mediante el número 901 22 33 44 o 91 553 00 71. También pueden hacerlo a través de la página web de la Agencia Tributaria o en su aplicación móvil. A partir del 9 de mayo, se abre el plazo, hasta el 28 de junio, para solicitar en los teléfonos 901 22 33 44 o 91 553 00 71 cita para acudir a las sedes de la Agencia Tributaria para consultas y confección de la declaración. La atención en estas oficinas comenzará el 14 de mayo.

- ¿Cuándo se puede empezar a presentar la declaración?

- El próximo martes. A partir de entonces, los contribuyentes ya podrán presentar su Declaración de la Renta de 2018 de forma telefónica (901 200 345 o 91 535 68 13) y por internet.

- ¿Cuándo acaba el plazo para la presentación?

- El 1 de julio, o el 26 de junio en caso de domiciliación bancaria.

- ¿Quiénes deben presentar declaración de la renta?

- Todos los contribuyentes con rendimientos del trabajo.

- ¿Quiénes están exentos?

- Los que ganan menos de 22.000 euros anuales -siempre que sean de un mismo pagador- o menos de 1.500 euros si proceden de varios. También quedan exentos los que reciban prestaciones pasivas -como pensiones de la Seguridad Social-. Igualmente, quedan fuera los contribuyentes con rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales y aquellos que tengan rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de vivienda de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas con un límite conjunto de 1.000 euros anuales.

- ¿Cómo puedo obtener el número de referencia para hacer la Declaración?

- La casilla de la Renta 2017 en la que hay que fijarse es la 475. En ella se recoge la "Base liquidable general sometida a gravamen". Si al año anterior no hizo declaración, debe indicarlo cuando se le pregunte e identificarse con los cinco últimos números del IBAN de una de sus cuentas bancarias.

- ¿Qué plazo tiene Hacienda para devolverme el dinero?

- Hasta el 31 de diciembre. En caso de que sobrepase esa fecha, la Agencia Tributaria deberá abonar al contribuyente los correspondientes intereses de demora.