Tribunales

La Justicia europea falla contra Booking por prohibir que los hoteles ofrezcan precios más bajos en otros canales de venta

Considera que estas cláusulas son "innecesarias", no "proporcionadas" y pueden reducir la competencia. La CNMC ve "un impacto positivo" de su multa histórica contra la plataforma para el tejido empresarial

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BookingDreamstime

Nuevo golpe a Booking por sus presuntas prácticas anticompetitivas contra hoteles y agencias que le han acarreado una multa histórica de 413,24 millones de euros por parte la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha sentenciado este jueves que no se ha demostrado que las cláusulas de plataformas de reservas de alojamientos online como Booking que prohíben a los hoteles ofrecer precios más bajos a través de otros canales de venta, como otras plataformas, agencias o sus propias webs, sean "objetivamente necesarias" ni "proporcionadas" a sus objetivos comerciales.

Según recogía la sanción de Competencia, uno de los abusos cometidos por el gigante turístico estadounidense en los últimos cinco años fue la imposición de cláusula que impedían que los hoteles ofertasen sus habitaciones a un precio más bajo en sus propias webs. Además, la compañía de alojamientos turísticos restringió la competencia de otras agencias de viajes en línea que ofrecen sus mismos servicios, por ejemplo, posicionando mejor a los hoteles con más reservas en Booking, lo que les ha impidió entrar en el mercado o expandirse, según afirma la CNMC.

En cuanto a la legalidad de las cláusulas de precios, el TJUE recuerda que los órganos jurisdiccionales alemanes, sin haber consultado al Tribunal, declararon que las cláusulas de paridad de tarifas utilizadas por las plataformas de reserva hotelera eran ilegales, una conclusión a la que también llegó la Autoridad Federal de Defensa de la Competencia alemana. Sin embargo, el Tribunal de Primera Instancia de Ámsterdam sí ha remitido sus dudas al TJUE ante la demanda interpuesta por Booking para que se declarara la validez de las cláusulas de paridad de tarifas.

En respuesta, el TJUE apunta que no se ha demostrado que las cláusulas que restringen la oferta en otros canales de venta operados por terceros (paridad amplia) sean objetivamente necesarias para la realización de esta operación principal y, por otra, sean proporcionadas al objetivo perseguido por ella y añade que existe el riesgo de que estas puedan reducir la competencia entre las distintas plataformas de reservas hoteleras y puede suponer la expulsión de las pequeñas y nuevas plataformas que se incorporan al mercado.

La sentencia tampoco considera "objetivamente necesarias" para garantizar la viabilidad económica de la plataforma de reservas hoteleras las cláusulas que restringen la oferta de los alojamientos a través de sus propios canales de venta (paridad restringida), cuyo objetivo es hacer frente al riesgo de parasitismo.

No obstante, el Tribunal reconoce que el servicio de reservas hoteleras online que ofrecen plataformas como Booking ha tenido un efecto neutro, o incluso positivo, sobre la competencia, ya que permite a los consumidores tener acceso a un gran número de ofertas de alojamiento y compararlas de manera simple y rápida, al tiempo que ofrece a los proveedores de alojamiento una mayor visibilidad.

“Estamos decepcionados con el fallo emitido hoy por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Aunque aún estamos analizando el contenido completo de la sentencia, mantenemos que las cláusulas de paridad que existían históricamente en Alemania eran necesarias y proporcionadas para la relación entre partners y Booking.com, y que Booking.com opera en un mercado competitivo. Ahora, el tribunal de Ámsterdam tendrá que aplicar este fallo a los hechos del caso”, han declarado fuentes de Booking.

La multa histórica de la CNMC ha dado resultados

Coincidiendo con este fallo, la presidenta de la CNMC, Cani Fernández, ha afirmado este jueves que la multa histórica del organismo contra Booking ha tenido "un impacto positivo, sin duda, en el tejido empresarial" en España. En su intervención en la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital del Congreso de los Diputados, Fernández ha aclarado que la compañía estadounidense tiene dos meses para recurrir la multa desde el mes de julio, por lo que se ha mostrado "convencida" de que lo hará y "estará al caer": "Seguramente pedirán suspensión del pago de la multa, que siendo el importe que es, veremos lo que dice la Audiencia Nacional".

Sin embargo, la presidenta de la CNMC ha celebrado que Booking ha dejado de "hacer los abusos que tenía", cumpliendo sus obligaciones, ya que reconoció que los eliminó desde del 1 de julio, con lo que supone que "al menos la parte más dañina para nuestro sector turístico sí que se ha repuesto como consecuencia".