Tribunales

La Justicia europea insta a España a hacer fijos a miles de interinos: estas son las claves de la resolución

Determina que las indemnizaciones establecidas en España frente al despido de interinos son insuficientes y pide medidas para evitar el uso abusivo de esta figura

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha hecho pública este jueves una resolución por la que insta a España a convertir en fijos a los interinos de larga duración que no han obtenido aún su plaza, los denominados indefinidos no fijos. De este modo, da respuesta a la utilización “abusiva” en la Administración pública española de trabajadores temporales. Estas son algunas de las claves de la sentencia y de las implicaciones que puede tener:

1. ¿Qué es un indefinido no fijo?

Es una categoría dentro del personal laboral donde, según recoge el Estatuto Básico del Empleado Público, puede haber fijos, empleados por tiempo indefinido o temporal. En la práctica, viene a ser alguien que no ha obtenido la plaza por oposición pero que, al llevar mucho tiempo encadenando contratos temporales, obtiene la condición de indefinido aunque no de fijo por no tener aún esa plaza "en propiedad", según explican fuentes jurídicas.

El TJUE señala para empezar que estos indefinidos no fijos deben considerarse trabajadores de duración determinada, es decir temporales, e incide en que han sido las administraciones públicas las que no han convocado las plazas en plazo y forma para solventar esta situación.

2.¿Cuántos empleados públicos puede haber en esta situación?

Unos 800.000 empleados públicos españoles pueden estar en esta situación, según el despacho Navas & Cusí, que presentó una queja ante la Comisión Europea en julio de 2021 en nombre de Empleados Públicos en Abuso (EPA). La cifra definitiva dependerá de los que se encuentren en esta situación tras los procesos de consolidación de plazas puestos en marcha por el Gobierno. Una parte importante de estos casos se dan en sanidad y educación, ámbitos dependientes de las Comunidades Autónomas.

De hecho, la respuesta del TJUE llega a preguntas del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre litigios de trabajadores de la Comunidad de Madrid, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Agencia Madrileña de Atención Social. Se trata de empleados que enlazaron durante muchos años contratos temporales sucesivos porque no se convocaron las plazas para cubrir esos puestos de manera permanente, explican.

3.¿A qué obliga la resolución del TJUE?

El TJUE realiza varias consideraciones sobre esta situación en España aunque deja la resolución concreta a los tribunales españoles correspondientes, en este caso el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Para empezar, considera que las indemnizaciones establecidas en España para hacer frente al despido de este tipo de personal laboral son insuficientes y pide medidas para evitar el uso abusivo de esta figura, que considera temporal, para satisfacer necesidades permanentes y estables en materia de personal.

Así, y aunque reconoce que la resolución concreta depende de los tribunales españoles, resuelve que a falta de medidas adecuadas en el derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar, los abusos derivados de la utilización sucesiva de contratos temporales [...] "la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos puede constituir tal medida".

En definitiva, interpretan desde Navas & Cusí, insta a España a convertir en fijos de forma automática a los temporales que llevan años encadenando temporalidad por la negativa y el retraso de la Administración a convocar plazas.

4.¿Qué está haciendo el Gobierno para abordar esta situación?

El Gobierno aprobó en 2021 la ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público tras un acuerdo con los principales sindicatos de función pública con el objetivo de atajar la elevada tasa de temporalidad.

El objetivo es dejar esa tasa, que ronda el 30% fundamentalmente por el peso de temporales comunidades y ayuntamientos, en el 8%. Para ello, se estableció que las Administraciones Públicas deberían ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores temporales ocupadas y que los procesos selectivos para cubrir esas plazas deberían estar finalizados antes del 31 de diciembre de 2024.

Tras conocerse la resolución, Función Pública ha señalado que está estudiando el contenido y ha apuntado que respecto al compromiso adquirido de reducir 300.000 plazas temporales antes de finales de 2024, ya se ha cumplido el 75% de ese compromiso, es decir 225.000. Los principales sindicatos de la función pública también estudian la resolución para poder valorar su alcance e implicación.