Vivienda

¿Pueden cobrarme si cancelo el contrato de alquiler antes de tiempo?

La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes aunque esta suele ser de un año

Una pareja recibe las llaves de una vivienda
Una pareja recibe las llaves de una viviendalarazon

El casero y el inquilino establecen una relación a través del contrato de alquiler en el que se establece que por un tiempo determinado se cede un bien de su propiedad a cambio del pago de una renta. La duración del arrendamiento "será libremente pactada por las partes", tal y como establece el artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). No obstante, la duración habitual suele ser de un año, aunque este puede ir prorrogándose hasta un máximo de cinco años, si quien alquila es una persona física, aunque en el caso de una empresa, este sería prorrogable hasta siete años.

Pero, ¿qué ocurre si alguna de las partes quiere cancelar el contrato antes de tiempo? Aunque el casero y el inquilino no pueden finalizar el contrato antes del plazo previsto, la LAU establece algunos supuestos en los que sí será posible hacerlo.

En el caso de que el inquilino o el propietario incumpla algunas de las cláusulas fijadas en el contrato de alquiler, la otra parte podrá finalizar la relación contractual antes de tiempo. Asimismo el arrendatario podrá finalizar el contrato si el propietario no realiza las reparaciones y obras de conservación y mejora que sean necesarias para garantizar el bienestar del inquilino, ya que estas son obligatorias.

El inquilino podrá rescindir el contrato de alquiler sin coste alguno "siempre que hayan transcurrido seis meses desde la firma y preavisando al propietario con un mínimo de 30 días de antelación", explica el portal inmobiliario Fotocasa. En estos casos, el casero deberá devolver la fianza al inquilino, siempre y cuando no haya daños en el inmueble y no exista una cláusula en el contrato que establezca una indemnización para el propietario por la cancelación del acuerdo. Si se ha pactado una indemnización, la LAU establece que esta "será de una mensualidad de la renta por cada año de contrato que reste por cumplirse", asevera el portal inmobiliario.

No obstante, si este decide abandonar el piso de alquiler antes de este periodo, el inquilino deberá pagar las rentas hasta el sexto mes de vigencia del contrato –como mínimo– o hasta que la vivienda se vuelva a alquilar. Además, cuando se produzca un incumplimiento del contrato por parte del inquilino, el portal inmobiliario sostiene que "el propietario de la vivienda podrá quedarse con la fianza como parte de la indemnización".

¿Cuándo puede el propietario cancelar el contrato antes de tiempo?

El propietario también podrá rescindir el contrato de alquiler antes del plazo previsto en los siguientes casos:

  • Si el inquilino no paga la renta.
  • Si se produce un subarriendo o cesión no consentida de la vivienda.
  • Si el inquilino realiza obras no consentidas u ocasiona daños intencionados en el inmueble.
  • Si el propietario tiene constancia de que en la vivienda se realizan actividades molestas, insalubres, ilícitas o peligrosas.
  • Cuando el inquilino deja de utilizar el inmueble como vivienda habitual.
  • Cuando el propietario quiere recuperar la vivienda como residencia habitual para él o para algún familiar de primer grado de consanguinidad, padre o hijos. En este caso, el arrendador estará obligado a preavisar al inquilino con dos meses de antelación y justificar dicha necesidad.